GAGIOLI RUBEN CARMELO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó el actor la actualización y retroactivos de su haber previsional por la falta de movilidad y actualización de componentes como la PBU, PC y PAP. El Juzgado Federal hizo parcialmente lugar a la demanda, ordenando el recálculo del haber y el pago del retroactivo dentro de 120 días hábiles y difiriendo al cumplimiento la evaluación de inconstitucionalidades y la regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Gagioli Rubén Carmelo, titular del beneficio previsional N 14 0 9023395 0 6.
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Objeto: Reajuste de su haber previsional, actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), Prestación Compensatoria (PC) y Prestación Adicional por Permanencia (PAP), reconocimiento de movilidad y declaración de inconstitucionalidad de diversas normas (art. 20 ley 24.241 y otras disposiciones). Se pide liquidación y pago de retroactivos desde el reclamo administrativo (25/9/2025), con alcance desde el 25/9/2023 por prescripción.
Decisión: El juez hizo parcialmente lugar a la demanda, dejó sin efecto la resolución impugnada, ordenó a ANSES que abone el haber recalculado y el retroactivo conforme las pautas del decisorio dentro de 120 días hábiles desde que la sentencia quede firme, diferió el tratamiento de las inconstitucionalidades para la etapa de ejecución, dispuso que “El haber resultante y las sumas que resulten a favor de la parte actora deberán ser abonadas íntegramente, sin quita alguna, de conformidad con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación” y que las diferencias “no podrán exceder los porcentajes establecidos en las leyes de fondo” (conf. CSJN y Resolución ANSeS 955/2008). Impuso costas a ANSES y diferió la regulación de honorarios para la etapa de ejecución.
- Fundamentos principales de la decisión (2-3 párrafos y citas textuales relevantes):
- “Siendo la fecha del reclamo administrativo el 25/9/2025 (véase fs. 6-36), las diferencias retroactivas lo serán desde el 25/9/2023.”
- Sobre la PBU: “La PBU habrá de ser determinada en función del guarismo que resulte de actualizar del último valor publicado del MOPRE ($80), utilizando el índice dispuesto por el Máximo Tribunal en el precedente ‘Badaro’ ... y con posterioridad ... los aumentos generales de ley hasta la fecha de adquisición del beneficio.” Se difiere la determinación final de si la falta de actualización provoca una merma confiscatoria superior al 15% para la etapa de ejecución: “En efecto el Alto Tribunal, dispuso que el análisis ... deberá efectuarse al tiempo de practicarse la liquidación de la sentencia.”
- Sobre índice para promedio de remuneraciones: “... será utilizado el Índice de Salarios Básicos de la Industria y de la Construcción-ISBIC-, ... hasta la fecha de entrada en vigencia de la ley 26.417 (febrero de 2009 inclusive). A partir de la entrada en vigencia de la ley 26.417 (marzo de 2009), deberá estarse al índice que establece dicha normativa y sus sucesivas modificaciones.”
- Sobre las inconstitucionalidades y su tratamiento: “Diferir el tratamiento de las inconstitucionalidades mencionadas en los considerandos respectivos para el momento de la ejecución de la sentencia.”
- Sobre pago íntegro y límites: “El haber calculado de conformidad con las pautas diseñadas en el presente decisorio, como asimismo las sumas que eventualmente resulten a favor de la parte actora, deberán ser íntegramente abonadas, sin quita alguna, de conformidad con lo establecido por la Corte Suprema ... ‘Pellegrini, Américo c/ Anses’ ... Sin perjuicio de lo indicado, las diferencias ... no podrán exceder los porcentajes establecidos en las leyes de fondo ... teniendo en cuenta lo dispuesto en la Resolución Anses Nº 955/2008.”
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; la sentencia es de un/a juez/a de grado y la parte resolutiva final es la aquí transcripta.
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