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ROLDAN SCHUTH GRACIELA LUZ c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La actora promovió acción de amparo contra ANSeS solicitando la inaplicabilidad del art. 9 de la ley 24.463 y la devolución de las sumas retenidas sobre su jubilación docente. El Juzgado hizo lugar a la demanda, declaró inaplicable el artículo 9 para el caso concreto, ordenó la liquidación y devolución de los descuentos con intereses dentro de 30 días e impuso las costas a la demandada.

Amparo Anses Ley 24.463 art. 9 Regimen especial docentes ley 24.016 Inaplicabilidad Devolucion de descuentos Intereses Costas Liquidacion Seguridad social

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: ROLDAN SCHUTH GRACIELA LUZ (actora, representada por apoderado). Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS). Objeto: Se solicita que se declare la inconstitucionalidad/inaplicabilidad de la Circular ANSES PREV-05-0819 y, en particular, del artículo 9 de la ley 24.463 respecto de su beneficio previsional docente; que se reintegren las sumas retenidas por aplicación de dicho artículo sin retención por impuesto a las ganancias, con más intereses y costas. Decisión: El Juzgado Federal de la Seguridad Social nº10 hizo lugar a la demanda de Graciela Luz Roldán Schuth contra ANSeS; declaró la inaplicabilidad del art. 9 de la ley 24.463 para el caso concreto; ordenó a ANSeS que, dentro de 30 días, liquide el beneficio conforme lo ordenado y proceda a la devolución de las sumas descontadas con más sus intereses; impuso las costas a la demandada vencida; y diferirió la regulación de honorarios hasta contar con la liquidación aprobada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "De las constancias obrantes en el expediente administrativo ... se desprende que la accionante percibe un beneficio de jubilación Nº 15097819930, con fecha de alta 01/12/2017 PRESTACIONES DOCENTES LEY 24.241, al que se le efectúa una quita en el mensual en curso por aplicación del descuento Ley 24.463
- artículo 9-, de $305.160,30.-" "La Corte Suprema de Justicia de la Nación, se expidió en autos 'Guzmán, Cristina c/ ANSeS s/ amparo
- ley 16.986', ... donde expresamente dispuso 'Que las jubilaciones por servicios docentes ... deben considerarse incorporadas al régimen especial de la ley 24.016 ...' ... 'el régimen jubilatorio de la ley 24.016 ha quedado sustraído de las disposiciones que integran el sistema general reglamentado por las leyes 24.241 Y 24.463 ... manteniéndose vigente con todas sus características.'" "En tal inteligencia ... la aplicación del art. 9 de la ley 24.463, resulta inaplicable a los beneficiarios de la ley 24.016 pues ella establece un porcentaje móvil sobre la remuneración en actividad, por lo cual la aplicación de topes o deducciones resulta contradictoria con la propia naturaleza del haber previsional reconocido." "En consecuencia, corresponde declarar la inaplicabilidad del tope del art. 9 de la ley 24.463 para el caso y ordenar al organismo previsional que abone la prestación en su totalidad, y desde los dos años previos a la interposición de la demanda, de fecha 08/05/2026."
- Disidencias: no se consignan votos en disidencia en la sentencia.

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