SCHAFER MICHELE c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS
Amparo de jubilada docente por descuentos aplicados según art. 9 de la ley 24.463. El Juzgado Federal de la Seguridad Social hizo lugar a la demanda, declaró inaplicable el art. 9 para el caso concreto y ordenó a ANSeS liquidar el beneficio sin la deducción y devolver las sumas retenidas con intereses.
¿Quién es el actor?
SCHAFER MICHELE (por apoderado).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Acción de amparo para que se declare la inconstitucionalidad o inaplicabilidad de la Circular ANSeS PREV-05-0819 y, en particular, del art. 9 de la ley 24.463 en cuanto permite la deducción sobre su beneficio previsional docente; se reclama la liquidación del haber sin esa deducción y la devolución de las sumas retenidas con intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda; se declaró la inaplicabilidad del art. 9 de la ley 24.463 para el caso concreto; se ordenó a ANSeS que, dentro de los 30 días, liquide el beneficio conforme lo ordenado y proceda a devolver las sumas descontadas con más sus intereses; se impusieron las costas a la demandada vencida; se diferenció la regulación de honorarios hasta contar con liquidación aprobada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes):
"De las constancias obrantes en el expediente administrativo ... se desprende que la accionante percibe un beneficio de jubilación Nº 14012250790, con fecha de alta 01/12/2022 PRESTACIONES DOCENTES LEY 24.241, al que se le efectúa una quita en el mensual en curso por aplicación del descuento Ley 24.463
- artículo 9-, de $295.796,79.-"
"Al respecto, de las constancias administrativas ... surge que la titular adquiere la prestación de: PBU -PC-PAP -DOCENTE DTO 137/05, según las disposiciones de la Ley 24.241, sus modificatorias y reglamentaciones vigentes, con fecha inicial de pago 01/12/2022."
"Toda vez que la aplicación del Dto 137/2005 importa, en los términos del Alto Tribunal, la incorporación al régimen especial de la ley 24.016, norma que no ha sido derogada ... entiendo, en tal inteligencia que la aplicación del art. 9 de la ley 24.463, resulta inaplicable a los beneficiarios de la ley 24.016 pues ella establece un porcentaje móvil sobre la remuneración en actividad, por lo cual la aplicación de topes o deducciones resulta contradictoria con la propia naturaleza del haber previsional reconocido."
"En consecuencia, corresponde declarar la inaplicabilidad del tope del art. 9 de la ley 24.463 para el caso y ordenar al organismo previsional que abone la prestación en su totalidad, y desde los dos años previos a la interposición de la demanda, de fecha 18/05/2026."
- Disidencias relevantes: No consta voto en disidencia en el texto transcripto; la decisión consignada en la parte resolutiva es la que resuelve el juzgado.
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