Logo

T., S. E. c/ OBRA SOCIAL DE LA UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION s/AMPARO DE SALUD

Acción de amparo por cobertura de tratamiento de reproducción asistida con ovodonación y criopreservación. El Juzgado Civil y Comercial Federal n.º 6 admitió el amparo y condenó a la obra social a cubrir integralmente hasta tres tratamientos anuales de alta complejidad FIV/ICSI con ovodonación, medicación y criopreservación por tres años.

Amparo de salud Fertilizacion asistida Fiv/icsi Ovodonacion Criopreservacion de embriones Cobertura integral Ley 26.862 Decreto 956/13 Medicacion Obra social

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Sra. T., S. E. Demandado: OBRA SOCIAL DE LA UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION. Objeto: Cobertura integral del tratamiento de reproducción asistida de alta complejidad FIV/ICSI con ovodonación y semen propio, incluyendo medicación, eventual criopreservación de embriones, sin límite de extensión y hasta tres veces por año; realización en el instituto HALITUS. Decisión: Se admitió la acción de amparo y se condenó a la obra social a brindar cobertura integral (100%) de los tratamientos de fertilización asistida de alta complejidad FIV/ICSI con ovodonación y semen propio en el instituto HALITUS, conforme ley 26.862 y decreto 956/13; hasta tres tratamientos por año con intervalos mínimos de tres meses entre cada uno, incluidos medicación y gastos, y la eventual criopreservación de embriones por el término de tres años. Se impusieron las costas a la demandada; se reguló honorarios de la letrada de la actora en 21 UMAS ($2.188.620).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "…el Anexo I del decreto 956/13, reglamentario de la ley 26.862, en su art. 8 dispone: '…una persona podrá acceder a un máximo de CUATRO (4) tratamientos anuales con técnicas de reproducción medicamente asistida de baja complejidad, y hasta TRES (3) tratamientos de reproducción medicamente asistida con técnicas de alta complejidad, con intervalos mínimos de TRES (3) meses entre cada uno de ellos'." "En función de todo lo dicho, no ofrece dudas que la reglamentación bajo análisis habilita a los interesados a acceder a tres tratamientos 'anuales' de reproducción medicamente asistida con técnicas de alta complejidad." "…el art. 2º del decreto 956/13, dispone que '…se entiende por técnicas de alta complejidad ….la criopreservación de ovocitos y embriones'." "…si bien es cierto que el alcance de la criopreservación no ha sido aún establecido por la autoridad de aplicación, también lo es que se encuentra holgadamente vencido el plazo para la reglamentación fijado en la norma, de modo que dicha omisión no puede invocarse en detrimento de los derechos de la parte actora." "…la ley 26.862 y su decreto reglamentario 956/13 (…) disponen la 'cobertura integral e interdisciplinaria del abordaje, el diagnóstico, los medicamentos y las terapias de apoyo y los procedimientos y las técnicas…', de modo que el costo de la medicación necesaria para efectuar el procedimiento que prescriba el médico tratante, también debía ser asumido en forma total por la prestadora demandada." "Por los argumentos que anteceden, jurisprudencia y disposiciones legales citadas y oído el Sr. Fiscal, FALLO: Admitiendo la acción de amparo promovida por la Sra. T., S. E. En consecuencia, condenando a la OBRA SOCIAL DE LA UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION a brindar la cobertura integral (100%) los tratamientos de fertilización asistida de alta complejidad FIV/ICSI, con ovodonación y semen propio…"
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en la sentencia analizada.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar