MAGALCUER SA (TF 34956-A Y ACUM) Y OTRO c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
Recurso directo promovido por Magalcuér S.A. y otro contra la DGA por cuestión relativa a regulación de honorarios. La Cámara diferió el tratamiento de los recursos de apelación contra la regulación de honorarios de fs. 295/295vta. hasta que se regulen los honorarios de la totalidad de los profesionales intervinientes.
¿Quién es el actor?
MAGALCUER SA (TF 34956-A y acumuladas) y otro.
¿A quién se demanda?
Dirección General de Aduanas (DGA).
- Objeto de la demanda: Recurso directo de organismo externo relativo a la impugnación de la regulación de honorarios (fs. 295/295vta.) y, en general, tratamiento procesal vinculado a la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes.
¿Qué se resolvió?
La Cámara diferenció el tratamiento de los recursos de apelación deducidos contra la regulación de honorarios de fs. 295/295vta., y ordenó postergar su tratamiento hasta que se haya regulado la totalidad de los honorarios de los profesionales intervinientes; dispuso además el registro, notificación y devolución de autos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Luego de una lectura liminar de las presentes actuaciones, en atención a la sentencia dictada por el Tribunal Fiscal de la Nación a fs. 237/241, advierte esta Sala que no han sido regulados los honorarios correspondientes a la totalidad de los profesionales intervinientes en la presente causa.
Por ello, corresponde diferir el tratamiento de los recursos de apelación deducidos contra la regulación de honorarios de fs. 295/295vta. para el momento procesal oportuno, es decir, cuando se haya cumplimentado lo mencionado precedentemente; lo que ASÍ SE DECIDE.
A los fines del art. 109 del Reglamento para la Justicia Nacional se hace constar que -por hallarse vacante dos cargos de jueces de esta Sala
- suscribe la presente el Dr. José Luis Lopez Castiñeira; quien integra este Tribunal en los términos de la Acordada N° 2/26 de esta Cámara."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia en el acuerdo.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: