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ABURTO, RODRIGO ALEJANDRO Y OTROS c/ EN-M DEFENSA-GN s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los actores impugnaron la metodología de cálculo de intereses en una liquidación complementaria de accesorios por pagos parciales. La Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó la resolución de grado, sosteniendo que la metodología aplicada por la jueza a quo respeta la preclusión procesal y la seguridad jurídica.

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¿Quién es el actor?

Aburto, Rodrigo Alejandro y otros (parte actora, demandantes).

¿A quién se demanda?

Estado nacional (EN-M DEFENSA-GN / Ministerio de Defensa) en el marco de causas por personal militar y civil de las FFAA y de seguridad.
- Objeto de la demanda: Recurso de apelación contra la resolución que desestimó una liquidación ampliatoria por intereses y ordenó realizar nueva liquidación con parámetros fijados (base: monto neto aprobado; fecha de inicio: 9/10/24; fecha de corte: 26/8/25). Los actores pretendían un recálculo mes a mes desde la devengación y un cómputo distinto que, según ellos, daría mayor resultante de intereses (liquidaciones presentadas por montos como $35.540.917,70 y $86.521.655,35; previo cálculo aprobado por $31.929.454,76 con corte 30/4/22; varios pagos parciales entre octubre y diciembre de 2024).

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso interpuesto por la parte actora y confirmó la resolución apelada. Sin costas, por no mediar actividad útil de la parte contraria.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "Que, en atención a que las sumas percibidas no resultaron comprensivas de la totalidad de los accesorios devengados hasta la sentencia de trance y remate y la parte interesada efectuó las reservas pertinentes, corresponde la aplicación de intereses hasta el pago, por aplicación del precedente 'Martínez' de la Corte federal (Fallos: 343:1894). Ahora bien, dadas las particularidades del caso, asiste razón a la magistrada de grado en la metodología estipulada para la cancelación de los accesorios pendientes de cobro." "En efecto, no resulta posible convalidar la liquidación propuesta por la parte actora (tanto en su presentación del 12/10/25 como en el memorial), toda vez que, en la práctica, ello implicaría la revisión de períodos anteriores, así como también la contravención de sus propios actos y del principio de preclusión procesal. No puede soslayarse que en el presente se trata de una liquidación complementaria de accesorios presentada por la recurrente, cuya predecesora fue confeccionada bajo parámetros disimiles, aprobada por el tribunal a quo, y pagada a la parte accionante, sin que mereciera reproche alguno. De otra modo, las decisiones podrían ser objeto de interminables impugnaciones, independientemente del tiempo transcurrido y de la conducta procesal otrora asumida; extremo que atenta contra la seguridad jurídica (en sentido concordante, esta Sala, causa CAF 32170717 'Uhlir, Sebastián Martín y otros c/ E.N. – Min. Seguridad – PNA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg', resolución del 15/7/25)."
- Disidencia/ausencia: Se dejó constancia de que el juez Jorge Eduardo Morán no suscribe la presente por encontrarse en uso de licencia; no consta voto en disidencia.

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