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CACERES, CARLOS EDUARDO c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó reajuste de haberes previsionales contra ANSES por el cálculo del haber inicial. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba modificó la sentencia de grado y dejó sin efecto la aplicación del índice ISBIC (fallos Elliff/Blanco), ordenando actualizar las remuneraciones según el método dispuesto por la Ley 27.426 atendida la fecha de obtención del beneficio.

Reajustes previsionales Haber inicial Isbic Ley 27.426 Elliff Blanco Anses Costas Impuesto a las ganancias Actualizacion remuneraciones


¿Quién es el actor?

Cáceres, Carlos Eduardo.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes de haberes previsionales y determinación del haber inicial; impugnación de la resolución administrativa que denegó reajuste (resol. 30/08/2022).

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró desierto el agravio de la demandada respecto de la Ley 27.426; modificó la sentencia de fecha 10/11/2023 dejando sin efecto la aplicación del índice ISBIC establecido en los fallos "Elliff" y "Blanco" y ordenó actualizar las remuneraciones que sirven de base para el cálculo del haber inicial conforme al método indicado en la Ley 27.426 y concordantes, atento a la fecha de obtención del beneficio; confirmó la sentencia en lo demás; impuso costas de esta instancia por su orden y no reguló honorarios por falta de actividad de la actora ante la Alzada.
- Fundamentos principales (textos transcritos relevantes del fallo): "En función de lo expuesto precedentemente, deviene inaplicable la doctrina del fallo 'Blanco' del Alto Tribunal en virtud del cual se dispuso la aplicación de la doctrina del caso 'Elliff', ya que con el dictado de la ley 27.426 el Congreso reasumió la potestad de fijar los indicadores que dan adecuada respuesta en el caso, por cuanto no surgen periodos sin actualización, y los mismos no resultan irrazonables ni arbitrarios." "Que por tales motivos, corresponde modificar la sentencia impugnada y en consecuencia, dejar sin efecto la aplicación del índice ISBIC establecido en el fallo 'Elliff' y 'Blanco' debiendo actualizar las remuneraciones que sirven de base para el cálculo del haber inicial en base al método indicado en la ley 27.426 y concordantes, atento a la fecha de obtención del beneficio." "En cuanto al planteo de la demandada relacionado con la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley Nº 27.426, no corresponde entrar al tratamiento de dicho agravio, puesto que de la sentencia recurrida no surge que el sentenciante haya resuelto en el sentido mencionado. En definitiva, a mérito de los argumentos expuestos corresponde declarar desierto el recurso incoado por la demandada en este punto (conf. arts. 265 y 266 del C.P.C.C.N.)." Además, respecto del impuesto a las ganancias y costas, el Tribunal reafirmó su alineamiento con la doctrina de la Corte Suprema (cita: "García, María Isabel", 26/3/2019) y confirmó la imposición de costas de la instancia de grado; en la presente alzada impuso las costas en el orden causado y no reguló honorarios por la falta de actividad de la actora ni al apoderado de la demandada por ser profesional a sueldo (arts. 2 y 31 Ley 27.423).
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en la parte resolutiva final; la decisión consignada es la que resulta del acuerdo.

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