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BNA c/ CARRERAS, RODRIGO s/COBRO DE PESOS/SUMAS DE DINERO

El Banco de la Nación Argentina demandó a Rodrigo Carreras por cobro de pesos por créditos y tarjetas impagos. El Juzgado Federal de Santa Rosa hizo lugar a la demanda y condenó a Carreras a pagar la suma reclamada ($1.112.529,96) más intereses, por incumplimiento contractual y reconocimiento tácito por rebeldía.

Banco nacion Cobro de pesos Credito personal Tarjeta de credito Rebeldia Incumplimiento contractual Intereses Costas Certificacion de saldo Juzgado federal santa rosa.


¿Quién es el actor?

BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA.

¿A quién se demanda?

Sr. Rodrigo CARRERAS.
- Objeto de la demanda: Cobro de pesos por créditos y tarjeta de crédito; se reclamó la suma de PESOS UN MILLON CIENTO DOCE MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS ($1.112.529,96), con más intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda del Banco de la Nación Argentina contra Rodrigo Carreras y se lo condenó al pago, en el término de diez días, de la suma resultante del considerando 4); se condenó en costas a la parte demandada y se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "1) Cabe poner de manifiesto, en primer término, que el accionado dejó de contestar la demanda presentada en su contra, a pesar de haber sido legalmente notificado conforme constancia de fecha 07 de mayo de 2025, por lo que su silencio es considerado como reconocimiento de los hechos, atento lo dispuesto por el art. 356, inc. 1° del CPCCN." "2) El Banco actor fundamentó, a través de la prueba documental aportada, los extremos de su pretensión. Acompañó resumen de cuenta, capturas de mails, términos y condiciones de los prestamos solicitados por el canal electrónico BNA+, capturas de pantalla de Home Banking, la solicitud de tarjeta de crédito, su anexo y resolución, resumen de tarjeta, carta documento y certificados de saldo deudor en el inicio de la demanda." "3) Como consecuencia de lo afirmado y, en virtud de lo dispuesto en el artículo mencionado supra, cabe concluir que la acción intentada por la actora resulta procedente dado el incumplimiento contractual incurrido por el demandado quien no abonó el crédito otorgado oportunamente a su favor, del cual hizo uso. En efecto, el Banco justificó el origen de la deuda, cual es, el mutuo que operó a través de la cuenta de Caja de Ahorros, tarjeta de débito y de la tarjeta de crédito “NATIVA VISA”, como así el saldo impago por parte del accionado." "4) Consecuentemente, el demandado deberá abonar a la actora la suma de PESOS UN MILLON CIENTO DOCE MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS ($1.112.529,96), con más un interés igual al promedio de la tasa activa que cobra el Banco de La Nación Argentina en sus operaciones comunes de descuento, desde que la suma fue debida hasta su efectivo pago." "5) Costas a la parte demandada vencida (art. 68 del CPCCN), difiriendo la regulación de los honorarios de los profesionales intervinientes hasta tanto se establezca la base para estimarlos –capital + intereses-, conforme arts. 16, 20, 21, 22 y 58 de la Ley 27423."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia; la parte resolutiva final expresa la decisión del juez de primera instancia.

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