MELIAN, RICHAR ROMAN c/ EN-M SEGURIDAD-GN s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La Gendarmería Nacional apeló la negativa a citar terceros en una demanda por daños y perjuicios por un accidente de tránsito. La Cámara Federal admitió parcialmente la apelación, revocó la decisión de primera instancia y ordenó la citación de Ventur SRL, Granja Sur SRL, Seguros Protección Mutual y QBE Seguros la Buenos Aires por existir controversia común vinculada al mismo hecho dañoso.
¿Quién es el actor?
MELIAN, RICHAR ROMAN (y demás actores que promovieron la demanda).
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Gendarmería Nacional.
- Objeto de la demanda: Acción de daños y perjuicios por lesiones físicas sufridas en un accidente de tránsito ocurrido en la Ruta Nacional Nº 3 entre un ómnibus de larga distancia (no oficial) que transportaba personal de Gendarmería y un camión tractor con acoplado.
¿Qué se resolvió?
Se admitió parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la Gendarmería Nacional, se revocó la decisión de primera instancia que había rechazado la citación de terceros y se ordenó la citación de las empresas Ventur SRL, Granja Sur SRL y las aseguradoras “Seguros Protección Mutual” y “QBE Seguros la Buenos Aires”. Con costas en el orden causado.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"III.1.
- Conviene recordar que, en cuanto a la intervención obligada de terceros, el CPCCN dispone que '[e]l actor en el escrito de demanda, y el demandado dentro del plazo para oponer excepciones previas o para contestar la demanda, según la naturaleza del juicio, podrán solicitar la citación de aquél a cuyo respecto consideraren que la controversia es común' (art. 94 del CPCCN). Asimismo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha decidido en reiterados antecedentes que corresponde admitir la citación de terceros cuando la controversia pueda serle común o el citado podría encontrarse sometido a una eventual acción regresiva, supuestos típicos que habilitan el pedido (Fallos: 325:2848 y 3296; 327:2517, 329:2916 entre otros)."
"III.4.
- Por otro lado, en lo que respecta a la citación de las empresas Ventur SRL, Granja Sur SRL y las firmas 'Seguros Protección Mutual' y 'QBE Seguros la Buenos Aires', conforme surge del relato de ambas partes, resulta claro que hay una controversia en común que vincula a dichos terceros y las partes de la causa, ya que se encuentran involucrados en un mismo hecho dañoso... si la responsabilidad que se atribuye a la demandada depende de la determinación de la mecánica de un accidente de tránsito en la que se involucra la participación de vehículos que en principio son ajenos a la Gendarmería Nacional, la citación pretendida se muestra razonable y útil a fin de evitar el inicio de otra acción de resarcimiento vinculada a los mismos hechos."
- Disidencias: No consta voto en disidencia en la parte dispositiva final.
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