EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGIA NORTE SA (TF 48593-I Y ACUM) c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
Recurso directo contra la DGI por Empresa Distribuidora de Energía Norte SA sobre desistimiento, condonación de multas/intereses y deducibilidad de sanciones en el Impuesto a las Ganancias. La Cámara confirmó que la actora quedó desistida y que corresponde la condonación proporcional de multas e intereses, pero revocó la parte que dejó sin efecto el ajuste que negó la deducción de las sanciones en el impuesto a las ganancias.
¿Quién es el actor?
Empresa Distribuidora de Energía Norte SA (EDEN).
¿A quién se demanda?
Dirección General Impositiva (Fisco Nacional / AFIP).
- Objeto de la demanda: Recurso directo contra la decisión del Tribunal Fiscal que tuvo a la actora por desistida y condonó multas e intereses en el marco de la ley 27.653 (repatriación/regularización), y que además dejó sin efecto un ajuste relativo a la deducibilidad de penalidades (multas) en el Impuesto a las Ganancias.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la resolución apelada en cuanto tuvo a la actora por desistida y reconoció la condonación proporcional de multas e intereses en los términos del considerando 3º. En cambio, revocó lo resuelto en cuanto dejó sin efecto el ajuste que impugnaba las deducciones de las sanciones en el Impuesto a las Ganancias. Se impusieron las costas en ambas instancias por su orden.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos de la sentencia):
"En consecuencia, y toda vez que los agravios del Fisco no logran enervar lo resuelto por el Tribunal Fiscal al respecto corresponde desestimarlos y confirmar lo resuelto en cuanto tuvo a la actora por desistida respecto de los períodos y tributos incluidos en la moratoria y reconoció la condonación proporcional de multas e intereses, quedando ello sujeto al control que el organismo fiscal efectúe en su oportunidad respecto del régimen de regularización excepcional, como así también de los extremos que debe satisfacer la actora para gozar de los beneficios establecidos en la ley."
"De modo que no se aprecia en el caso la relación de causalidad entre los gastos de la actora –vinculados al pago de multas por infracciones en la prestación del servicio de distribución de electricidad
- con la obtención y/o mantenimiento de una ganancia gravada o alguna otra finalidad económica en beneficio de la accionante que permita respaldar su pretensión... En virtud de lo expuesto precedentemente, corresponde en este punto hacer lugar al recurso del Fisco y revocar lo resuelto por el Tribunal Fiscal en cuanto dejó sin efecto los ajustes que impugnaron las deducciones efectuadas en el Impuesto a las Ganancias por tales conceptos."
- Disidencias relevantes: No consta voto en disidencia en el bloque dispositvo final; la decisión que prevalece es la acordada por la Cámara tal como se transcribe arriba.
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