RUIZ DIAZ ALICIA NELIDA C/ DIRECCION GRAL DE CULTURA Y EDUCACION DE LA PROVINCIA DE BS AS AU S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La actora reclamó indemnización por incapacidad laboral por secuelas de COVID-19 (hiposmia severa) como enfermedad profesional. El Tribunal hizo lugar a la demanda, condenó a la Provincia a pagar $311.321,40 y declaró inconstitucional para el caso el art. 12 inc. b) de la LRT, ordenando actualización por IPC-INDEC más 3% anual.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: RUIZ DIAZ ALICIA NELIDA, representada por Dr. Ezequiel Alfredo Picallo.
Demandado: DIRECCION GRAL DE CULTURA Y EDUCACION DE LA PROVINCIA DE BS AS (empleador autoasegurado).
Objeto: Indemnización por incapacidad laboral derivada de enfermedad profesional (COVID-19 con primera manifestación el 10/04/2021), por secuelas (hiposmia severa) y reparaciones previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda y se condenó a la demandada a abonar $311.321,40 por incapacidad laboral; se declaró inconstitucional el Decreto 669/19 y, para el caso concreto, el artículo 12 inc. b) de la Ley 24.557; la actualización deberá efectuarse conforme a la variación del IPC (INDEC) más una tasa de interés pura del 3% anual desde la PMI hasta la liquidación, con régimen de ejecución y costas a cargo de la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"La infección por COVID-19 es una causa reconocida de disfunción olfatoria, con múltiples estudios clínicos que respaldan dicha asociación. En este caso particular, la hiposmia severa no sólo fue referida por la actora, sino también objetivada a través de los estudios complementarios solicitados por este perito... puede concluir que la actora presenta: Hiposmia severa: 5% con más los Factores de Ponderación... totalizando una INCAPACIDAD TOTAL del 6,55% de Tipo: Permanente; Grado: Parcial."
"Una nueva lectura y estudio del tema me permite, a fin de salvaguardar el contenido patrimonial de los créditos ante el deterioro provocado por la grave depreciación de la moneda... corresponde declarar en el presente, la inconstitucionalidad del decreto 669/19... La confrontación entre la tasa activa del Banco de la Nación Argentina prevista en el artículo 12 de la LRT y la variación del IPC... evidencia, en el caso, la insuficiencia del mecanismo legal para preservar el contenido económico de la prestación."
"Consecuentemente, propongo que el crédito reconocido en autos sea actualizado conforme a la variación del Indice de Precios al Consumidor (IPC)
- Nivel General
- elaborado por el INDEC, con más una tasa de interés pura del 3% anual, desde la fecha de la PMI hasta el momento de la liquidación respectiva."
- Votos / mayoría: El dispositivo final es adoptado por el Tribunal en su conjunto. Si bien el Sr. Juez Ginocchio disintió respecto del método de actualización (propuso una solución hermenéutica alterna), adhirieron al resultado que consta en el acuerdo y dispositivo; por tanto la decisión plasmada en el bloque resolutorio constituye la solución de la mayoría.
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