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BULACIOS ENRIQUE ROQUE C/ PREVENCION ART S.A. S/ RECURSO CONTRA DECISION COMISION MEDICA JURISDICCIONAL. LEY 14997

El actor promovió un reclamo y las partes arribaron a un acuerdo conciliatorio cuya homologación se solicitó. El Tribunal homologó la conciliación, reguló honorarios y honorarios periciales y ordenó el depósito de tasas y la forma de cancelación mediante transferencia bancaria.

Homologacion de conciliacion Conciliacion laboral Honorarios letrados Honorarios peritos Tasa de justicia Deposito bancario obligatorio Ley 20.744 Ius Conciliacion judicial Comision medica jurisdiccional

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: BULACIOS ENRIQUE ROQUE. Demandado: PREVENCION ART S.A. Objeto: Procedimiento vinculado a recurso contra decisión de comisión médica jurisdiccional y acuerdo conciliatorio entre partes (homologación de conciliación y regulación de rubros, honorarios y peritos). Decisión: Se homologó la conciliación arribada; se regularon honorarios de los letrados y peritos en los montos indicados; se intimó a la demandada a depositar tasas; y se ordenó la forma de cancelación del capital y honorarios mediante transferencia o depósito directo en cuenta bancaria de cada beneficiario.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Atento que lo pactado libremente por las partes, cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los intereses de las mismas, toda vez que no implica renuncias a derechos del trabajador que se supongan reconocidos por el demandado en autos, ni afecta disposiciones de orden público en vigencia, soy de opinión favorable a homologarlo en todas sus partes, en cuanto involucra la totalidad de los rubros reclamados y acuerdo sobre las costas ocasionadas (arts. 15, ley 20.744 t.o.; 1641, 1643 y ccs. del C.C. y C. de la Nación; 73 y concs. del CPCC; 24, 30 y 89, ley 15.057). Voto por la AFIRMATIVA." Bloque dispositivo final (lo resuelto por el Tribunal): "el Tribunal RESUELVE: a) Homologar la conciliación arribada por las partes en las presentes actuaciones; b) Regular los honorarios de los letrados RATTO NICOLAS y MARIA LEONOR AUGE en el monto equivalente a 47 IUS y a 25,2 IUS, por la labor cumplida, en todos los casos con más el 10% de aportes previsionales y el 21 % en concepto de devolución de IVA de corresponder...; c) Regular los del perito médico David Alfredo Rio en la suma de CUATROCIENTOS DIECISEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS ($416.666)...; d) Intimar a la demandada para que en el plazo de cinco días deposite en autos las sumas de $275.000 y $13.750 en concepto de Tasa de Justicia y sobre Tasa, respectivamente, bajo apercibimiento de ejecución (Res.100/96 S.C.B.A.); e) Hágase saber a las partes que la cancelación del CAPITAL y HONORARIOS profesionales (letrados y peritos) regulados en autos deberá efectuarse MEDIANTE TRANSFERENCIA O DEPÓSITO DIRECTO EN LA CUENTA BANCARIA DE CADA BENEFICIARIO ... debiendo la obligada al pago acreditar en estos actuados la cancelación de los pagos a su cargo de forma inmediata posterior a su efectivización."
- Votos: Los tres jueces (NUÑEZ, ESCOBARES y BORDINO) votaron en el mismo sentido; no consta disidencia.

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