MARTINEZ, LUGO VICTOR HUGO C/SL INTERNACIONAL CARGO S.A. Y OTRO/A S/DESPIDO
Reclamo laboral por despido promovido por Martínez Lugo Víctor Hugo. El Tribunal decretó la caducidad de la instancia por inactividad procesal de la actora, impuso costas a la actora con beneficio de gratuidad y reguló honorarios de letrados y perito.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: MARTINEZ, LUGO VICTOR HUGO.
Demandado: SL INTERNACIONAL CARGO S.A. y COMPAÑIA DE ALIMENTOS FARGO S.A.
Objeto: acción laboral por despido.
Decisión: se decretó la caducidad de la instancia por inactividad procesal de la actora; costas a la actora con beneficio de gratuidad; regulación de honorarios de letrados de ambas partes y del perito contador, con intimaciones para acreditación de aportes previsionales e impuestos y depósito de los honorarios en plazo perentorio.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes en lenguaje original del tribunal):
El juez Traverso:
"El procedimiento laboral es uno de aquellos cuyo impulso corresponde a las partes, al Tribunal y al Ministerio Público (art. 11 Ley 15.057). Sin embargo, este deber genérico de impulso cesa, cuando la parte a quien incumbe la realización de alguna diligencia apta para la prosecución del trámite es la que, con su desinterés evidente puesto de manifiesto por el incumplimiento de la intimación cursada por el Tribunal, obstaculiza el normal desenvolvimiento del proceso. En tales condiciones y habiéndose formulado en forma infructuosa la respectiva intimación en los términos prescriptos por los art. 11 de la Ley 15.057 y art, 315 del C.P.C.C. (proveído notificado el 29/04/2024), y habiendo transcurrido con posterioridad a activarse las actuaciones un plazo superior a los seis meses sin producirse actividad procesal útil, cabe decretar la caducidad de instancia. En cuanto a las costas, estimo que las mismas han de ser impuestas a la actora con el beneficio de gratuidad (arts. 24 y 27 Ley 15.057). ASI LO VOTO."
Bloque dispositivo final (parte resolutiva):
"RESUELVE: 1°) Decretar la caducidad de instancia (art. 11 Ley 15.057). 2°) Costas a la actora con el beneficio de gratuidad (arts. 24 y 27 Ley 15.057).
- 3°) Conforme lo normado por los arts. 1, 15, 16, 21, 22, 24, 25, 28 inc. h), 43, 51 y 54 de la Ley 14.967, regúlense los honorarios de los señores letrados: por la parte actora: al letrado DANIEL MARINO MAZZOCCHINI... en la sumas de Pesos ciento setenta y cinco mil ($175.000)... y al letrado GUSTAVO JAVIER SANABRIA... en la sumas de Pesos ciento setenta y cinco mil ($175.000)...; por la parte demandada SL INTERNACIONAL CARGO S.A.: al letrado HUGO ROBERTO ANAYA... en la sumas de Pesos cuatrocientos cuarenta y cinco mil ($445.000)..., por la parte demandada COMPAÑIA DE ALIMENTOS FARGO S. A.: al letrado ARMANDO ENRIQUE MIGUEL... en la sumas de Pesos cuatrocientos cuarenta y cinco mil ($445.000)... en todos los casos con más el 10% Ley 8.455. Intímase al/los letrado/s beneficiario/s... dentro de los 60 días corridos de la fecha en que se encuentre firme la presente, acredite/n el depósito de los aportes previsionales a su cargo (10%) y a cargo del obligado al pago (10%); así como del Impuesto a los Ingresos Brutos... 4°) Regúlanse los honorarios del perito contador SERGIO ANGEL LOPEZ en la suma de Pesos ciento treinta y cinco mil ($135.000 )... sumas éstas que deberán abonarse mediante depósito en autos dentro de los 10 días de la presente... 5°) PAGOS
- ACREDITACION
- CUENTA JUDICIAL: Se hace saber que los HONORARIOS de los PROFESIONALES INTERVINIENTES... DEBERÁN SER ABONADOS en las cuentas bancarias personales de los mismos... REGISTRESE Y NOTIFIQUESE."
(Se consignan los montos regulados: $175.000 para cada letrado de la actora; $445.000 para cada letrado de las demandadas; $135.000 para el perito, con los porcentajes y plazos indicados.)
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