GORBARAN SANDRA SOLEDAD C/ LA SEGUNDA ART SA S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
La actora promovió demanda por enfermedad profesional contra La Segunda ART SA y las partes pactaron un acuerdo conciliatorio. El Tribunal homologó el acuerdo por $6.000.000,00 y ordenó que la demandada asuma las costas, reguló honorarios y peritajes, y requirió el pago de tasa de justicia y contribución.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor:
Sandra Soledad Gorbarán.
Demandado:
La Segunda ART SA.
Objeto:
Indemnización por enfermedad profesional (expediente caratulado "GORBARAN SANDRA SOLEDAD C/ LA SEGUNDA ART SA S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL").
Decisión:
Se homologó el acuerdo transaccional celebrado entre las partes el 11/8/2026 por el cual la demandada abonará a la actora PESOS SEIS MILLONES CON 0/100 ($6.000.000,00). Se impusieron las costas a la demandada; se regularon y fijaron honorarios y peritajes; se intimó a la demandada a acreditar el pago de la tasa de justicia ($132.000,00) y la contribución ($6.600,00) dentro de cinco días; y se requirió el pago de los honorarios y peritos por transferencia bancaria y la acreditación del pago de cargas previsionales.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo, lenguaje original):
"Que en fecha 11/8/2.026 ambas partes manifiestan haber arribado a un acuerdo conciliatorio cuya homologación peticionan y debo decir que no advierto inconveniente alguno en acoger favorablemente la homologación peticionada, dada la razonabilidad del acuerdo celebrado, la expresa conformidad prestada por las partes intervinientes y la ausencia de violación de norma de orden público alguna."
"Ello así pues, el requisito de homologación establecido por la ley laboral sustantiva en su art. 15 está dirigido a hacer efectivo el 'orden público laboral' en el que prima el principio protectorio hacia el trabajador. Ello impone la emisión de un favorable y fundamentado juicio de valor sobre la conveniencia y justicia de la solución alcanzada, circunstancia configurada en autos, en atención a los términos del reclamo deducido, la manera en que quedó trabada la litis, las manifestaciones vertidas por las partes en el convenio de fecha 11/8/2.026, las pruebas producidas en autos y la ratificación personal prestada por la actora en la presentación adjunta al escrito de fecha 12/8/2.026 (doct. art. 277 L.C.T.)."
"Valorados los elementos preindicados estimo que la conciliación propuesta presenta una justa composición de derechos e intereses de las partes, por lo que la homologación pedida resulta procedente (art. 15 de la L.C.T. y 30 ley 15.057 y Res. SCBA 1840-24 y 6 sgtes y concordantes de la ley 24.557)."
Bloque dispositivo final (extracto relevante):
"I.
- ... homologar el referido acuerdo transaccional ... por el cual la demandada 'La Segunda ART SA' abonará a la actora Sandra Soledad Gorbarán la suma de PESOS SEIS MILLONES CON 0/100 -$6.000.000,00-, en la forma dispuesta en el art. 277 de la L.C.T. ...
II.
- Imponer las costas a la demandada ...
III.
- Fijar los honorarios del Dr. José María Vellani ... en la suma de ... 22,54 jus ... y regular los del Dr. Jorge Ignacio Fernández Viña ... en la suma de 11,27 jus ... (con más sus adicionales de ley) ... Contadora Cristina Elizabeth Perez ... $300.000,00 ... médico oficial Jose A. Ancarani ... $300.000,00 ...
VI.
- Intimar a la demandada para que dentro de cinco días acredite en autos el pago de PESOS CIENTO TREINTA Y DOS MIL CON 0/100 -$132.000,00
- en concepto de tasa de justicia y de PESOS SEIS MIL SEISCIENTOS CON 0/100 -$6.600,00
- correspondiente a la contribución del 5% ..."
- Votos / mayoría:
El voto del juez Mena propuso la homologación y los otros dos jueces (Pérez Herrera y Telechea) adhirieron "por los fundamentos dados por el señor juez preopinante", por lo que la decisión fue unánime y el bloque dispositivo final constituye la resolución de la mayoría.
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