ECHEVARRIA GABRIELA GRACIELA C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BS AS. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL (0)
La actora promovió acción de revisión por accidente de trabajo reclamando prestaciones dinerarias conforme leyes 24.557, 26.773 y 27.348 por contingencia ocurrida el 24/8/2019. El Tribunal hizo lugar a la demanda, revocó el dictamen de la CMJ y condenó al Ministerio de Seguridad a pagar $10.564.953,12 más intereses, fundando la condena en una incapacidad definitiva total combinada del 42,40%.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: ECHEVARRIA GABRIELA GRACIELA, representada por el Dr. MIANI MARTIN SEBASTIAN.
Demandado: MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BS AS., con patrocinio del Dr. ALEJANDRO AMILCAR CAMOZZI y apoderado Dr. RAMIRO E. GAMARRA.
Objeto: Acción de revisión por accidente de trabajo para el reconocimiento de prestaciones dinerarias previstas por la ley 24.557 y normas complementarias (26.773 y 27.348), por secuelas y incapacidad tras caída el 24/08/2019.
Decisión: Se hace lugar a la demanda, se revoca el dictamen de la CMJ que había declarado inexistencia de incapacidad, se reconoce incapacidad psico-física parcial, permanente y definitiva resultante del accidente (porcentaje consolidado del 42,40%) y se condena al demandado a pagar PESOS DIEZ MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES CON DOCE CENTAVOS ($ 10.564.953,12) más intereses, con costas a cargo de la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes):
"De acuerdo con las prueba periciales psicológica y médica producidas y presentadas en autos , y las respuestas brindada por los expertos ante las impugnación efectuadas, considero que los embates recibidos por las piezas periciales no enervan el valor científico de las mismas por lo que no encuentro motivos para apartarme de ella... habré de tener por probado que la actor porta incapacidad psico-física parcial, permanente y definitiva que lo incapacita en un 36% de la T.O., teniendo en cuenta: 1) Lumbociatalgia: 8% 2) Inestabilidad anterior rodilla izquierda: 10% 3) Síndrome meniscal rodilla izquierda: 8% 4) Limitación funcional tobillo izquierdo: 6% 5) Factores de ponderación:
- Dificultad para la realización de las tareas habituales: Intermedia: 15%
- Amerita recalificación: 10%
- Edad del damnificado de 31 y más años: 2% y un 10 % de incapacidad psíquica ( RVAN II)."
"corresponderá en mi opinión a los fines de la determinación del porcentaje de incapacidad de la trabajadora aplicar la siguiente Fórmula de Balthazard: [(100
- M) x m] + M = 100 ... procedimiento de cálculo que arroja una incapacidad del orden del 42,40 % de la T.O."
"La referida operación matemática arroja un ingreso de $ 236.013,32.
- ($ 46.325,37 + $ 189.688.32 ). ... habrá de arrojar un quantum indemnizatorio que asciende a la suma de $8.804.127,60.
- (53 X 236.013,32 X 65/39 X 42,40 %)... Al monto del capital total de condena ... que asciende a la suma de PESOS DIEZ MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES CON DOCE CENTAVOS ($ 10.564.953,12.-), corresponderá adicionar intereses..."
"El Tribunal DEL TRABAJO Nº 1 DE MORON RESUELVE: 1°) HACER LUGAR a la demanda incoada por ECHEVARRIA... y condenar a la demandada a pagar... $ 10.564.953,12... 2°) Imponer las costas de la acción a cargo de la parte demandada vencida..."
- Votos/deliberación: voto aprobatorio de la Dra. María Florencia Blanco Kühne; las Dras. Verónica Luján Sanchez y Carolina Noale adhieren, por lo que la decisión resulta por mayoría y el dispositivo final es el que manda.
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