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VEGA DIEGO ARMANDO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA- S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

El actor promovió acción especial por accidente de trabajo reclamando indemnizaciones por incapacidad permanente derivada del siniestro del 08/09/2023. El Tribunal rechazó la demanda por entender que no se acreditó incapacidad física ni psíquica atribuible al hecho, apoyando su decisión en las pericias médicas y psicológicas y en la aplicación de la Tabla de Evaluación del Decreto 659/96.

Accion especial Accidente de trabajo Incapacidad permanente Pericias medicas y psicologicas Rechazo de la demanda Art. 726 ccc Tabla de evaluacion (decreto 659/96) Costas con beneficio de ley Regulaciones de honorarios Comisiones medicas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: DIEGO ARMANDO VEGA, con patrocinio de la Dra. VERONICA CORDUA. Demandado: PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA, representada por el Dr. NICOLAS PELLEGRINI. Objeto: Cobro de indemnizaciones por incapacidad permanente atribuida a accidente de trabajo ocurrido el 08/09/2023, conforme Ley 24.557 y normas complementarias; se acompañó trámite ante Comisiones Médicas y se practicó liquidación. Decisión: Se rechazó en su totalidad la demanda por no existir causa jurídica que la sustente (art. 726 CCC). Se impusieron costas a la actora con beneficio de ley y se regularon honorarios y gastos de peritos y letrados conforme lo expresa el dispositivo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "En su informe de fecha 26-11-2025 la perito EDUARDO RAFAEL BECERRA evalúa al actor efectuando el examen físico y la compulsa de estudios complementarios acompañados y concluye que el actor presenta solamente una lesión cutánea superficial, fruto del traumatismo denunciado, no existiendo compromiso ni limitación funcional de la rodilla ni del tobillo, ni del pie, concluyendo que el actor no presenta incapacidad física actual como consecuencia del hecho de autos." "Paralelamente, el Sr. DIEGO ARMANDO VEGA fue evaluado por SOFIA CEREZO quien en su informe de fecha 22-08-2025 ... concluye que el actor presenta una incapacidad del orden del 10%% como consecuencia de una RVAN depresiva de grado II." "A partir de allí, y sin dejar de reconocer las características del accidente padecido por DIEGO ARMANDO VEGA pero considerando también la normativa que regula la forma en que se evalúan y determinan las incapacidades laborales y la ausencia de otra prueba aportada respecto al pedimento (art. 375 CPCC), es preciso recordar que en el plano de los reclamos formulados al amparo de la legislación sobre riesgos del trabajo, las lesiones psíquicas son aquellas que derivan de enfermedades profesionales o de secuelas de accidentes de trabajo, lo que no se da en el presente caso ante la inexistencia de secuelas físicas." "Por ello, juzgo que no se ha probado en autos que DIEGO ARMANDO VEGA porte incapacidad física y/o psicológica que resulte atribuible al accidente por el que se acciona y como consecuencia de ello, propongo rechazar en su totalidad la pretensión actoral por no existir causa jurídica que la sustente (art. 726 del CCC)." Bloque dispositivo final (parte resolutiva): "RECHAZAR en su totalidad la demanda iniciada por DIEGO ARMANDO VEGA contra PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA
- por carecer de causa jurídica que la sustente (art. 726 CCC)." Nota sobre mayoría: Los Dres. Valcarce y Cáceres adhieren al voto del Dr. Gabriele "por compartir los fundamentos y votan en el mismo sentido", por lo que la decisión del Tribunal corresponde a la mayoría y se expresa en el bloque dispositivo final arriba transcripto.

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