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RISSONE GUSTAVO OSVALDO C/ PROVINCIA ART S.A. S/ APELACION DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA

Reclamó prestaciones dinerarias por eventración/hernia derivada de accidente laboral. El Tribunal rechazó la demanda por inexistencia de incapacidad indemnizable conforme al peritaje médico y aplicó los baremos vigentes en la instancia administrativa, imponiendo costas al actor.

Accidente de trabajo Hernia/eventracion Incapacidad Baremo lrt Pericia medica Rechazo de demanda Provincia art s.a. Costas Ley 24.557 Revision administrativa

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Gustavo Osvaldo Rissone. Demandado: Provincia A.R.T. S.A. Objeto: Prestaciones dinerarias derivadas de accidente de trabajo ocurrido el 26/04/2023 por eventración/hernia abdominal (se reclama incapacidad del 13% según actor). Decisión: Se rechazó íntegramente la demanda por inexistencia de incapacidad atribuible al accidente; se impusieron las costas al actor; se determinó la base regulatoria para la regulación de honorarios y se difirió la liquidación correspondiente.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original del tribunal): "Con ese dictamen, tengo por acreditado que la lesión por la cual reclama el actor (hernia/eventración sin complicaciones) no genera merma física que resulte indemnizable dentro de las previsiones de la LRT." "Si bien la perito admitió que el baremo de Altuve Rinaldi reconoce una incapacidad del 6,79% para esa dolencia, lo cierto es que en la demanda no existe un requerimiento expreso que permita a este Colegiado apartarse de la previsión normativa contenida en el artículo 8.3 de la Ley 24.557 y en el artículo 9 de la Ley 26.773. Anudo a ello el criterio impuesto por la CSJN en el fallo 'Ledesma' (dictado con fecha 12/11/2019)." "Durante el trámite de las presentes actuaciones y en particular, con el análisis pericial rendido supra, se ha podido verificar que el actor no padece incapacidad alguna que pueda atribuirse a la contingencia cubierta por la LRT a cargo demandada. Por ese motivo, no se han devengado prestaciones dinerarias que deban determinarse en la especie de marras (conf. arts. 6 y 8.3 Ley 24557
- art. 9 Ley 26.773
- art. 57.5 Ley 15.057)." Decisión dispositiva (fragmento final): "RECHAZAR íntegramente la demanda promovida por el Sr. GUSTAVO OSVALDO RISSONE ... frente a la verificada ausencia de incapacidad derivada del infortunio laboral acreditado en autos (conf. arts. 6 y 8.3 de la Ley 24557
- art. 9 Ley 26.773
- arts. 57.5 y 89 Ley 15.057). IMPONER al actor perdidoso, las COSTAS devengadas por la tramitación del proceso (conf. art. 24 ley 15.057) ... DETERMINAR como base regulatoria ... el monto reclamado en demanda con más la tasa pasiva digital del Banco de la Provincia de Buenos Aires ... y DIFERIR la regulación de honorarios ..." Voto y mayoría: Los Dres. Yannibelli (preopinante), Baldoni y Rodríguez votaron por el rechazo íntegro de la demanda e imposición de costas al actor; la decisión fue acordada por mayoría (unanimidad funcional en el acuerdo).

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