VASSALLO MARIA DEL CARMEN C/ AUTOSEGURO GOBERNACION DE LA PCIA. DE BS. AS. S/ MATERIA A CATEGORIZAR
La actora reclamó diferencias por indemnización por incapacidad permanente derivada de accidente in itinere. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad del art. 7 ley 23.928 (y la inaplicabilidad del art. 12 inc.2 L.24.557 conforme DNU 669/19) y condenó a la demandada al pago de $3.915.630,88 más intereses y costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: María del Carmen Vassallo, trabajadora.
Demandado: Autoaseguro Gobernación de la Pcia. de Bs. As. / Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires.
Objeto: Diferencias por prestaciones dinerarias por incapacidad parcial y permanente reconocida (5,12%) y actualización/actualización por depreciación monetaria e intereses desde la fecha del siniestro (20/03/2015).
Decisión: Se hizo lugar a la demanda en la totalidad peticionada: condenó a la demandada al pago de $3.915.630,88 por diferencia de indemnización; aplicó intereses compensatorios del 6% anual desde la fecha del siniestro y un interés moratorio conforme art. 770 C.C.C. (promedio tasa activa cartera general nominal anual del BNA) hasta su efectivo pago; declaró inconstitucional el art. 7 de la ley 23.928 (texto según ley 25.561) y, por consiguiente, la inaplicabilidad del art. 12 inc.2 L.24.557 en los términos del DNU 669/19; impuso costas a la demandada y autorizó apertura de cuenta y pago judicial.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes):
1) Sobre exigibilidad del crédito y cómputo de intereses:
"la fecha de toma de conocimiento de la incapacidad -en el caso, el día del accidente
- localiza la exigibilidad del crédito, o bien, desde la perspectiva del deudor, la fecha a partir de la cual la obligación ha sido 'debida', y en rigor, se constituye en punto de partida para el cómputo de los intereses..." (SCBA LP L 111264 S 16/07/2014 "Rinaldi").
2) Doctrina legal e inconstitucionalidad normativa (aplicación de Barrios):
"Conforme lo peticionado por la parte actora, valorando el cumplimiento de los recaudos de la doctrina legal emergente de la causa C. 124.096 'Barrios', sent. de fecha 17/04/2024, declarar la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928, según ley 25.561, y consecuentemente del art. 12 inc. 2 de la ley 24.557 conforme DNU 669/19, así como la inaplicablidad al caso, con el objeto de establecer una valorización adecuada del crédito correspondiente al rubro indemnizatorio reconocido en este proceso..." (bloque resolutorio).
3) Dispositivo condenatorio (texto final):
"Hacer lugar a la demanda entablada por la trabajadora María del Carmen Vassallo contra Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires en concepto de diferencias de prestaciones dinerarias previstas en el art. 14 inciso 2º apartado a) de la ley 24.557, pesos tres millones novecientos quince mil seiscientos treinta con ochen y ocho centavos ($ 3.915.630,88) suma que deberá ser abonada en el plazo de diez de notificada... Al monto de condena, deberá aplicarse un interés compensatorio en base a una tasa pura equivalente al 6% anual, calculado desde el día del evento dañoso... Imponer las costas a la demandada que resulta vencida..."
- Cálculos y fundamento técnico: El Tribunal utilizó índice RIPTE para actualizar el IBM y calcular la indemnización actualizada, determinando un crédito total (art. 12 y 14 LRT) y descontando el pago parcial percibido en 10/2020 actualizado al mismo índice, arribando a la diferencia de $3.915.630,88. Asimismo se estableció la aplicación de intereses y la forma de su cómputo conforme precedentes provinciales citados.
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