Logo

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ BLUE MARES SA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio provincial contra BLUE MARES SA por deuda tributaria reclamada en $760.406,40 más intereses. El Tribunal ordenó la ejecución (trance y remate) hasta el pago íntegro del capital reclamado e impuestos las costas a la vencida, aplicando intereses conforme al artículo 104 del Código Fiscal.

Apremio provincial Trance y remate Ejecucion Fisco de la provincia de buenos aires Blue mares sa Domicilio constituido Intereses art. 104 codigo fiscal Costas a la vencida Ley 13.406 Bono ley 8480

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: BLUE MARES SA. Objeto: Pago del capital reclamado por el Fisco por la suma de Pesos SETECIENTOS SESENTA MIL CUATROCIENTOS SEIS CON 40/100 ($760.406,40), más intereses conforme artículo 104 del Código Fiscal, mediante procedimiento de apremio (trance y remate). Decisión: Se hizo lugar a la ejecución: ordenó llevar adelante la ejecución mediante trance y remate hasta que BLUE MARES SA haga el íntegro pago del capital reclamado más intereses; se impusieron las costas a la vencida; se difiere la regulación de honorarios; se advierte domicilio constituido y se ordena al apoderado fiscal cumplir con el pago del bono ley 8480 en la próxima presentación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes, lenguaje original): "No habiendo la parte accionada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 7, 10, 25 y concs., ley 13.406; 116 y 155, CPCC) Se deja constancia que la parte demandada en el presente proceso de apremio, fue intimada de pago en el domicilio oportunamente denunciado, según consta en el mandamiento de intimación de pago y citación para la defensa adunado en forma electrónica, haciéndose saber al apoderado fiscal que deberá conservar el mandamiento original oportunamente librado en autos. Por ello, conforme a lo peticionado y en virtud de lo prescripto por los artículos 7, 10, 24, 25 y concs., ley 13.406 y los artículos 540, 549, ss. y concs., CPCC; FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte accionada, BLUE MARES SA haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado el cual se eleva a la suma de Pesos SETECIENTOS SESENTA MIL CUATROCIENTOS SEIS CON 40/100 ($760.406,40). A dicho monto se le aplicarán los intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago. Hallándose la parte encartada debidamente anoticiada del apercibimiento dispuesto en la primera providencia dictada en autos, conforme emerge de los términos del mandamiento ut supra mencionado, corresponde tener por constituído en los estrados del Juzgado, el domicilio ad litem correspondiente a la misma. Las costas se imponen a la vencida (arts. 7, 10, 24, 25 y concs. de la ley 13.406; 41, 68, 556, ss. y concs., CPCC). Difiérase la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 51, ley 14.967). Hágase saber al letrado apoderado fiscal que en su próxima presentación deberá dar efectivo cumplimiento con el pago del bono ley 8480. Regístrese y notifíquese."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar