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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ SALVINI MARIA SOLEDAD S/ APREMIO PROVINCIAL

Ejecución fiscal por deuda contraída con el Fisco provincial mediante apremio provincial. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución y dispuso el pago íntegro del capital reclamado de $1.629.623,50 más intereses, gastos y costas, haciendo perder a la ejecutada el derecho a oponer excepciones por vencimiento de plazo.

Ejecucion fiscal Apremio provincial Certificado ejecutivo Perdida de excepciones Trance y remate Intereses codigo fiscal Costas Domicilio judicial Titulo ejecutivo n? 1493060 $1.629.623 50

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: SALVINI MARIA SOLEDAD (DNI N° 29.141.263). Objeto: Ejecución fiscal (apremio provincial) por el pago del capital reclamado conforme al Título Ejecutivo Nro. 1493060 por la suma de $1.629.623,50, más intereses del Código Fiscal, y gastos y costas de la ejecución. Decisión: Se ordenó continuar con la ejecución y llevar a trance y remate hasta el pago íntegro del capital reclamado, intereses, gastos y costas; se declaró perdida la facultad de oponer excepciones por parte de la ejecutada por haber vencido el plazo legal; se difirió regulación de honorarios; se constituyó domicilio en los estrados y se dejó constancia de la intimación de pago en la dirección informada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes y citas textuales): "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, se le da por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 155 y ccs. del CPCC)." "Por ello, conforme lo peticionado y lo dispuesto por el art. 540 in fine del CPCC., FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada SALVINI, MARIA SOLEDAD (DNI N° 29.141.263) haga al acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado por el ejecutante, que asciende a la suma de pesos UN MILLON SEISCIENTOS VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS VEINTITRES CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 1.629.623,50), -conforme Título Ejecutivo Nro. 1493060-, con más los intereses previstos por el Código Fiscal (arts. 96, 104 y ccdtes. Ley 10.397, t.o. 2011) hasta la fecha de su total y efectivo pago, los gastos y las costas de la ejecución (art. 556 del CPCC)." "Se difiere la regulación de honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 de la Ley 14.967. Se tiene por constituído el domicilio de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado (arts. 7 de la ley 13.406 y 41 del CPCC). Se deja constancia que la diligencia de intimación de pago se ha efectuado en el domicilio de la calle AYOLAS N° 5657 de la ciudad de Mar del Plata (art. 14 Ac. 2514/92). REGISTRESE. NOTIFIQUESE a la parte demandada en los términos previstos por el art. 41 del CPCC (art. 11 inc. a, del Ac. 4039 de la SCBA)."

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