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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ LANDRIEL VICTOR JOSE S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió ejecución por deuda fiscal por la suma de $3.309.716,70. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución, con costas, y declaró constituido el domicilio procesal del ejecutado por no haber cumplido con las notificaciones y excepciones.

Ejecucion fiscal Apremio provincial Deuda tributaria Titulos ejecutivos Notificacion domicilio fiscal Perdida del derecho de uso Constitucion de domicilio judicial Intereses Costas Honorarios (regulacion diferida)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: Victor Jose Landriel. Objeto: Pago íntegro del capital reclamado por títulos ejecutivos por PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS NUEVE MIL SETECIENTOS DIECISÉIS CON SETENTA CENTAVOS ($3.309.716,70), más intereses desde la interposición de la demanda hasta el efectivo pago, en el marco de ejecución por apremio provincial conforme al Código Fiscal. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución; se mandó llevar adelante la ejecución y remate hasta tanto el ejecutado efectúe el pago íntegro del capital reclamado más intereses; se impusieron costas; se difirió la regulación de honorarios hasta que exista liquidación firme; y se tuvo por constituido el domicilio del demandado en los estrados del juzgado por incumplimiento de requisitos de notificación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "I.
- La parte demandada que fue notificada, bajo responsabilidad del fisco actor, en su domicilio fiscal (art. 32 Código Fiscal T.O 2.011), no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa el actuario en este acto.
- En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar.
- (arts. 7 Ley 13.406 y 155 C.P.C.C.).-" "II.
- Por ello, conforme con lo pedido; la deuda que resulta de los títulos ejecutivos obrantes en la causa, y lo dispuesto por los arts. 104 y 168 del Código Fiscal T. O. 2.011.-" Fallo (parte dispositiva): "1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada VICTOR JOSE LANDRIEL haga al acreedor Fisco de la Provincia de Buenos Aires, íntegro pago del capital reclamado de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS NUEVE MIL SETECIENTOS DIECISEIS CON SETENTA CENTAVOS ($3.309.716,70) en concepto de capital reclamado, con más sus intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal,
- Con costas (arts. 68 y 556 C.P.C.C.).-" "2º) Difiérese la regulación de honorarios del Letrado interviniente hasta tanto obre en autos liquidación firme.-(arts. 51 Ley 14.967 y 22 Ley 13.406).-" "3º) No habiendo la parte demandada, dado cumplimiento a lo dispuesto por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituído el domicilio en los estrados del juzgado.
- (art. 133 C.P.C.C.).-"
- Votos/deliberación: Sentencia unipersonal dictada por el Juez Luciano C. Savignano; no constan votos en disidencia.

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