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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ PERTICARO ARIEL ANDRES S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial para ejecutar deuda por impuestos. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución contra Perticaro Ariel Andrés por $1.394.401,90 más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal y fijó costas a la vencida, constituyendo domicilio procesal en los estrados.

Apremio provincial Ejecucion Fisco de la provincia de buenos aires Deuda fiscal $1.394.401 90 Intereses art. 104 codigo fiscal Costas a la vencida Domicilio constituido Notificacion electronica Perdida del derecho por inactividad Juzgado de primera instancia.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: Perticaro Ariel Andres. Objeto: Ejecución forzada por el capital reclamado de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS UNO CON 90/100 ($1.394.401,90), con aplicación de intereses desde la interposición de la demanda (3/7/2026) conforme art. 104 del Código Fiscal. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución: ordenar la prosecución de la ejecución hasta el íntegro pago del monto reclamado más intereses; imponer las costas a la vencida; diferir regulación de honorarios; y tener por constituido el domicilio del demandado en los estrados al haber sido notificado del apercibimiento.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes, lenguaje original del Tribunal): "Habiendo sido el demandado PERTICARO ARIEL ANDRES intimado de pago en el domicilio de calle Humboldt 1543 Piso:Pb° Depto.:1 Ciudad Autonoma De Buenos Aires no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)." "RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado PERTICARO ARIEL ANDRES haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS UNO CON 90/100 ($1.394.401,90). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -3/7/2026
- y hasta su efectivo pago.-" "2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 51 y concs. del Decreto-Ley 8.904/77 y modificatorias)." "3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 13/7/2026, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénese por constituído su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifiquese electrónicamente por secretaría al domicilio 27161987072@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR.-"

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