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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ET AGROPUECUARIA S A OTRAS S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial contra ET AGROPECUARIA S A por pago de obligaciones fiscales. El Tribunal declaró constituido el domicilio en los estrados, dictó sentencia de trance y remate y ordenó ejecución hasta el pago de $1.125.424,50 más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Sentencia de trance y remate Domicilio constituido Intereses art. 104 codigo fiscal Costas al vencido Ley 13.406 Cpcc Fisco provincia de buenos aires Et agropecuaria s a.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: ET AGROPECUARIA S A. Objeto: Ejecución por apremio provincial para el cobro del capital reclamado de Pesos UN MILLON CIENTO VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO CON 50/100 ($1.125.424,50) y sus intereses. Decisión: Se tuvo por constituido el domicilio del ejecutado en los estrados, se dictó sentencia de trance y remate ordenando llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del monto reclamado con los intereses legales; se impusieron las costas al vencido y se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "El demandado ET AGROPECUARIA S A, cuya intimación de pago y de constitución de domicilio fue realizada en el domicilio Fiscal: Calle ALFONSINA STORNI
- Nro. 1487
- Piso 0
- Dto. 0
- CP. 7540
- Loc. CORONEL SUAREZ (ver mandamiento adjuntado digitalmente el 8/6/2026), no ha opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido. Dásele por perdido, en consecuencia, el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPCC)." "RESUELVO: 1) Tener por constituido el domicilio de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado (arts. 7, Ley 13.406 y 41 del CPCC). 2) Dictar sentencia de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado ET AGROPECUARIA S A haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado de Pesos UN MILLON CIENTO VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO CON 50/100 ($1.125.424,50). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (TO Resolución 39/11) desde la fecha de interposición de la demanda y hasta su efectivo pago. 3) Imponer las costas al vencido (arts. 25, Ley 13.406 y 556, CPCC) y diferir la regulación de honorarios para su oportunidad."
- Observaciones procesales relevantes: se constata la intimación efectuada en el domicilio fiscal (mandamiento del 8/6/2026) y la pérdida del derecho a oponer excepciones por vencimiento del plazo (arts. 116 y 155 CPCC). Notifícase conforme art. 10 del Anexo Único de la Ac. 4039 SCBA.

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