FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ CRAJEVICH MARIA LUCIA S/ APREMIO PROVINCIAL
Ejecución fiscal provincial por apremio y remate contra Maria Lucia Crajevich por deuda tributaria. El Tribunal ordenó continuar la ejecución y remate hasta lograr el pago de $1.068.466,60 más intereses, con costas, al constatarse la pérdida del derecho a oponer excepciones y la existencia del título ejecutivo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Fisco De La Provincia De Buenos Aires.
Demandado: Maria Lucia Crajevich.
Objeto: Ejecución por deuda fiscal certificada en título ejecutivo, reclamando el pago del capital y accesorios. Monto: Pesos Un Millón Sesenta Y Ocho Mil Cuatrocientos Sesenta Y Seis Con 60/100 ($1.068.466,60), con intereses desde la interposición de la demanda hasta el efectivo pago.
Decisión: Se hizo lugar a la ejecución; se mandó llevar adelante la causa de trance y remate hasta que la ejecutada efectúe el pago íntegro del capital reclamado y sus intereses; costas a la parte ejecutada; difiriéndose la regulación de honorarios hasta que exista liquidación firme; y se tuvo por constituido el domicilio en los estrados del juzgado por incumplimiento de notificaciones.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos de la sentencia, lenguaje original del Tribunal):
"I.
- La parte ejecutada debidamente notificada en Fiscal: Calle Dr. V. Alsina
- Nro. 521
- Cp. 2800
- Loc. Zarate domicilio fiscal constituido (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11) no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido. En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar.
- (arts. 7 Ley 13.406 y 155 CPCC)."
"II.
- Por ello, conforme con lo pedido; la deuda que resulta del título ejecutivo agregado en forma electrónica y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11."
FALLO (párrafos relevantes):
"1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Maria Lucia Crajevich haga al acreedor FISCO de la PROVINCIA de BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos Un Millon Sesenta Y Ocho Mil Cuatrocientos Sesenta Y Seis Con 60/100 ($1.068.466,60), con más los intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal, Ley 10.397 (t.o. 2011). Con Costas (arts. 68 y 556 C.P.C.C.)."
"2º) Difiérese la regulación de los honorarios profesionales del Letrado interviniente, hasta tanto obre en autos, liquidación firme (arts. 51, Ley 14.967 y 22 Ley 13.406)."
"3º) No habiendo la ejecutada dado cumplimiento a lo preceptuado por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado (art. 13 de la Ley 13.406 y art. 133 C.P.C.C.)."
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