MADERNA BELEN PATRICIA C/ VOLKSWAGEN SA DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)
La actora promovió demanda por incumplimiento contractual y daños derivados de un plan de ahorro y la retención de la prenda sobre un Volkswagen UP. El Tribunal hizo lugar a la demanda por incumplimiento del deber de información, condenó a la administradora a pagar $25.000.000 y ordenó que en cinco días informe si existe saldo deudor para proceder al levantamiento de la prenda.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Belén Patricia Maderna.
Demandado: Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados.
Objeto: Se reclama la declaración de cancelación del plan de ahorro o, subsidiariamente, determinación del saldo deudor, el levantamiento de la prenda sobre vehículo dominio AA961LA, daño moral y daño punitivo por incumplimiento del deber de información y conducta de cobranza, y costas.
Decisión: Se admitió la demanda; se condenó a Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados a pagar a la actora la suma de $25.000.000 (con intereses en la forma decidida), se le requirió a la demandada en 5 días que informe si existe saldo deudor y detalle el mismo a efectos de levantar la prenda sobre AA961LA; costas a la demandada. Regulación de honorarios diferida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- "Considerando lo que surge del dictamen elaborado por el perito informático y contador, interpretándolo y valorándolo en forma conjunta al resto de las pruebas producidas en autos, y haciendo cita de lo dictaminado por el Sr. Agente Fiscal, tengo por acreditado que el deber de información que tienen los proveedores -y su contracara, el derecho de los usuarios y consumidores a contar con ella-, piedra basal del ordenamiento protectorio se verifica claramente quebrantado."
- "Por imperio del art. 53 de la Ley de Defensa del Consumidor, en el ámbito de una relación de consumo, más específicamente de un contrato entre un consumidor y un proveedor, se aplica la teoría de las cargas probatorias dinámicas... el proveedor debe aportar al proceso todos los elementos de prueba que obren en su poder... en este caso, los demandados, circunstancia que no se ha configurado en autos..."
- "A mayor abundamiento, la prueba confesional ofrecida por la parte actora resulta notificada a la parte demandada, y no compareciendo en la fecha designada es que declaro en este acto al absolvente, representante legal de Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados, por confeso respecto a las posiciones vertidas en los referidos pliegos adjuntos en fecha 4/08/2025..."
- "Lo cual deja una vez más a la vista el desinterés que se vislumbra en la conducta de la concesionaria. Nótese que estas actitudes surge del plexo probatorio de estas actuaciones en donde no se acredita en modo alguno el cumplimiento del deber de información por parte de la empresa demandada (art. 375 CPCC)."
- "Por ello, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido, el monto a restituir, la inflación de público y notorio, entiendo prudente otorgar por este apartado la suma de pesos quince millones ($15.000.000), a cada uno, a la fecha de esta sentencia..."
- Dispositivo final (extracto): "1°) Haciendo lugar a la demanda promovida por Belen Patricia Maderna ... condenando a ésta última para que dentro del plazo de diez (10) días ... abonar a la parte actora la suma total de pesos veinticinco millones ($25.000.000), con más los intereses ... 2°) Requerir a la accionada que en el término de cinco días manifieste si a la fecha existe un saldo deudor ... debiendo detallar el mismo con claridad y precisión a los efectos de proceder al levantamiento de la prenda correspondiente que recae sobre el dominio AA961LA. 3°) Imponiendo las costas a la parte demandada..."
- Evaluación pericial y probatoria relevante: el tribunal valoró los dictámenes periciales (informática y contable), la pericia psicológica (que no constató daño psicopatológico), la confesión por incomparecencia del representate de la demandada y la doctrina de cargas probatorias dinámicas (art. 53 LDC) para concluir en el incumplimiento del deber de información.
- Votos en disidencia: no se consignan votos en disidencia; el fallo expresa el dispositivo final único.
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