PIPO ALEJANDRA ILEANA C/ SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE BAHIA BLANCA(STMBB) Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJUICIOS EXTRACONTRACTUAL (EXC. AUTOM./ESTADO)
La actora demandó por daños y perjuicios por la imposibilidad de cobrar un supuesto seguro de vida colectivo y el reintegro de descuentos realizados. El Tribunal rechazó la demanda contra Prodseg Consultora SRL, hizo lugar parcialmente contra el Sindicato de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca y condenó al pago de $1.202.660 por reembolso y daño moral.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Pipo Alejandra Ileana.
Demandado: Sindicato de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca y Prodseg Consultora SRL.
Objeto: Daños y perjuicios por $754.560 (luego cuantificados por el Tribunal) por no poder percibir la indemnización de un seguro de vida colectivo y el reembolso de los descuentos efectuados en sus haberes; también se reclama daño moral.
Decisión: Se rechazó la demanda contra Prodseg Consultora SRL y se hizo lugar parcialmente contra el Sindicato de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca, condenándolo a pagar a la actora la suma total de $1.202.660 (integrada por $2.660 por reembolso de descuentos y $1.200.000 por daño moral), con intereses y costas conforme lo dispuesto en el fallo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del Tribunal):
"Que en principio debe considerarse que no puede haber contrato de seguro válido, celebrado entre ninguna de las partes, por no tratarse de ninguna de ellas, de sociedades habilitadas para operar en seguros como compañía aseguradora. Ello porque conforme el art. 2 Ley 20091, sólo pueden realizar operaciones de seguros, las sociedades anónimas, cooperativas y de seguros mutuos; sucursales o agencias de sociedades extranjeras de dichos tipos, y los organismos y entes oficiales o mixtos, nacionales, provinciales o municipales. Tratándose de un sindicato y de una sociedad con responsabilidad limitada, queda excluida la posibilidad que medien en la actividad de seguros, pero además de ello, por supuesto que se carece de la correspondiente autorización de la autoridad de control ... Ello hace que no exista seguro, ni de vida, ni colectivo, y por ende la póliza reclamada por la actora."
"En dicho contexto, la responsabilidad que se le pretende atribuir a la codemandada Prodseg Consultora SRL, con quien tampoco se encuentra acreditada relación alguna con la actora, más allá de la copia escaneada casi ilegible de Formulario ... que carece de firma ... tampoco tienen virtualidad probatoria, por un lado porque no fue celebrado con una compañía aseguradora y por otro porque ni siquiera la codemandada actúa como productor de seguros autorizados ... lo que hace que en autos no pueda serle reclamada indemnización alguna, por carecer de responsabilidad respecto de la asegurada."
"Entonces, el incumplimiento material y absoluto como presupuesto de la responsabilidad del Sindicato resulta innegable, por no haber proveído a la contratación del seguro, lo que se encuentra acreditado a partir de los descuentos de haberes percibidos de la empleadora de su asociada. El mismo pasa a ser imputable por la retención indebida de los fondos descontados por la empleadora (art. 730, 1717, 1726 y cc CCivCom)."
"De la informativa producida a la empleadora (26/12/2024), surgen descuentos bajo el Código 350 por $ 190 mensuales desde jun/2016 a jul/2017 (14 períodos) ... En consecuencia el rubro prospera por la suma de $ 2.660."
"Finalmente se pretende daño moral, el que adelanto prospera. No hay dudas que la actitud asumida por el sindicato, ... la actora ha padecido un sufrimiento espiritual, entendido como angustia o tristeza. ... Y dada la índole de este rubro, insusceptible de concretas valoraciones objetivas, ni mucho menos de cálculos matemáticos, su estimación guardará un margen de razonabilidad y prudencia. En dicho orden, resulta razonable, fijar por este rubro la suma de $ 1.200.000 ..., monto que se corresponde con el valor de un teléfono celular de última generación ... lo que se estima suficiente como compensación del impacto sufrido."
Bloque dispositvo final (FALLO):
"Esta causa seguida por Alejandra Ileana Pipo rechazando la demanda contra Prodseg Consultora SRL y haciendo lugar a la misma contra Sindicato de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca condenandolo a abonar a la actora en el término de diez días de firme la presente la suma de pesos un millón doscientos dos mil seiscientos sesenta con más sus intereses. Con costas -art. 68 CPCC-."
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