Logo

CONDE DOMINGUEZ, CAROLINA MARISA c/ AGOBAU S.R.L. s/COBRO DE SALARIOS

La actora demandó por cobro de salarios y conceptos indemnizatorios derivados de la finalización del vínculo laboral. La Cámara modificó parcialmente la sentencia y aumentó la condena en $1.141.780,26, mantuvo costas y honorarios y condenó en las costas de alzada a la demandada.

Cobro de salarios Despido/renuncia Liquidacion final Salario mayo 2023 Pericia contable Art. 80 lct Costas de alzada Honorarios Camara nacional de apelaciones del trabajo Incremento de condena


¿Quién es el actor?

CONDE DOMINGUEZ CAROLINA MARISA (actora).

¿A quién se demanda?

AGOBAU S.R.L.
- Objeto de la demanda: Cobro de salarios y rubros indemnizatorios (SAC proporcional, indemnización por vacaciones, salario de mayo de 2023, entre otros) por la finalización del vínculo laboral (vínculo desde 8/9/2020 hasta 7/6/2023; renuncia de la actora).

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por mayoría, modificó parcialmente la sentencia de primera instancia incrementando el monto de condena en $1.141.780,26 (que acumulará los accesorios dispuestos en la instancia anterior); mantuvo lo resuelto sobre costas y honorarios; impuso las costas de alzada a la demandada vencida en lo principal; y reguló los honorarios de las representaciones letradas determinando que, por la actuación en la alzada, corresponderá el 30% de lo que perciban por tareas en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "Por lo tanto y en atención al monto informado en la referida pericia contable, corresponde diferir a condena la suma de $235.956,19 en concepto de salario correspondiente al mes de mayo de 2023 (ver punto 8 de la pericia contable)." "De prosperar la solución propiciada corresponde modificar la sentencia apelada e incrementar el monto de condena en la suma de $1.141.780,26 ($905.824,07 +$235.956,19) que llevará los intereses dispuestos en la instancia anterior que arriban sin cuestionamiento." "La modificación de la condena propuesta en el presente voto (art. 279 del CPCCN), no requiere en este puntual caso la adecuación de la imposición de las costas de la anterior instancia que se mantienen a la demandada vencida en lo sustancial de la contienda (art. 68, primer párrafo del CPCCN)."
- Disidencias: No se registra disidencia en la parte resolutiva; el voto del Dr. Ambesi adhirió al voto que antecede (mayoría).

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar