CARIATI SUSANA SILVIA Y OTRO/A C/ FARIAS MONICA MERCEDES Y OTROS S/ DETERMINACION PRECIO/ALQUILERES
La actora promovió demanda de determinación y cobro de canon locativo derivado de un comodato respecto del inmueble sito en Posadas 261, Lomas de Zamora. El Tribunal hizo lugar a la demanda, fijó el valor locativo mensual en $100.000 para septiembre de 2022 y condenó a los demandados al pago de las sumas que surjan de la liquidación, con intereses y costas.
Actor: Diego Eugenio Farias Cariati y Susana Silvia Cariati. Demandado: Mónica Mercedes Farias, Leonardo Ariel Revello y Laura Vanesa Revello. Objeto: Determinación y cobro del canon locativo (compensación por uso) del inmueble sito en Posadas 261, Lomas de Zamora, por incumplimiento de restitución del comodato y desde la notificación fehaciente del reclamo. Decisión: Se rechazó la excepción de falta de legitimación activa; se hizo lugar a la demanda; se fijó el valor locativo mensual en $100.000 para septiembre de 2022 y que, desde esa fecha y hasta el 22/04/2026, los importes se ajustarán conforme lo dispuesto por la perito; se ordenó liquidación y condena al pago con intereses y costas a los demandados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
(se transcriben párrafos textuales relevantes del decisorio)
"Que conforme la cláusula primera del instrumento acompañado , el préstamo de uso acordado no se encontraba sujeto a plazo alguno, hallándonos frente a un comodato precario, en el que la devolución de la cosa debe efectuarse cuando se satisface la finalidad para la cual se prestara; y si la duración del contrato no está pactada, ni surge de su finalidad, el comodante puede reclamar la restitución en cualquier momento, de conformidad con el art. 2271 del Cód. Civil, actual art. 1536, inc. e, CCyC. . En dicha cláusula también se pactó que desde la mora en la obligación de restituir el inmueble se deben los daños y perjuicios que se generen"
"En autos la actora acciona en virtud de un contrato de comodato suscripto con los accionados en fecha 15 de marzo de 2011 ... el cual cuenta con certificación de firmas efectuada por ante el Registro Público de Comercio Departamental, que da cuenta que las firmas en él estampadas son auténticas ... el valor probatorio de su contenido es análogo al de los instrumentos públicos y queda reconocido en ambos casos el cuerpo del instrumento privado (art. 1028 del Cód. Civil; actual art. 314 del CCyCN). Entonces, en base a ello, la legitimación de las actores para reclamar los daños derivados de la falta de restitución del bien en tiempo oportuno se presenta indudable, correspondiendo, en consecuencia rechazar, con costas, la excepción de falta de legitimación activa interpuesta (art. 345 inc. 3° del C.P.C.C.)."
"La notificación del reclamo compensatorio fue efectivamente realizada el 7 de septiembre de 2022 conforme la carta documento librada al efecto ... En autos no existe cuestionamiento acerca de que los accionados han ocupado en forma exclusiva el inmueble objeto de autos hasta el momento en que se hizo efectivo su lanzamiento ... De las constancias de dicho trámite surge que la efectiva desocupación del inmueble se concretó el dia 22 de abril de 2026."
"Siendo así, conforme surge de la tasación efectuada, se desprende que el valor locativo inicial se estima para el mes de septiembre de 2022 en la suma de $100.000.
- ... Dicho proceder y el valor estimado fue consentido por las partes (arts. 472 y 474 y concds. del C.P.C.C.).
- Como corolario, determino que ese es el importe a considerar como valor locativo inicial al entender que, en esas condiciones, dicho monto guarda razonable entidad de la reparación que debe reconocerse."
"Los daños y perjuicios que emergieron por el incumplimiento de la obligación de restituir el inmueble ante el fin del comodato se ponderan con el valor locativo del inmueble, el que debe pagarse a partir del reclamo formulado en forma fehaciente... A su vez, a cada uno de los valores mensuales a partir de dicha fecha corresponde adicionarle intereses ... mediante la utilización de la tasa pasiva más alta fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires para la captación de depósitos a plazo fijo a 30 días ..."
Bloque dispositivo (FALLO) — resumen del dispositivo mayoritario:
- Rechaza la excepción de falta de legitimación activa con costas.
- Hace lugar a la demanda de determinación y cobro de valor locativo.
- Fija la condena en $100.000 mensuales para septiembre de 2022; los importes posteriores se ajustarán según el procedimiento del peritaje hasta el 22/04/2026.
- Ordena liquidación con intereses conforme al considerando IV y condena a los demandados al pago dentro de 10 días de aprobada la liquidación.
- Impone las costas a los demandados; regula honorarios cuando la decisión quede firme y se practique la liquidación.
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