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MIRANDA MOREIRA, NELSON AVELARDO c/ CONSTRUCTORA BD S.A.S. Y OTROS s/DESPIDO

El trabajador demandó por despido y diferencias salariales reclamando horas extras y recategorización. La Cámara modificó parcialmente la sentencia de grado, elevó la condena a $2.600.822,38 e impuso los intereses previstos en el art. 55 de la ley 27.802, además de costas y regulación de honorarios conforme al dispositivo.

Despido Horas extras Recalculo indemnizatorio Responsabilidad solidaria Registracion deficiente Interes y actualizacion Art. 55 ley 27.802 Honorarios Costas Camara nacional de apelaciones (sala)


¿Quién es el actor?

Nelson Avelardo Miranda Moreira (trabajador).
- Demandadas: Constructora BD S.A.S. y personas físicas codemandadas (Aranda y Feltes, administradores).
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido, horas extraordinarias, diferencia salarial por recategorización (capataz), multas y demás rubros indemnizatorios; responsabilidad solidaria de administradores por registración deficiente.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de grado, elevando el monto de condena a $2.600.822,38 con más los intereses previstos en el art. 55 de la ley 27.802; impuso las costas de ambas instancias a las demandadas vencidas y reguló honorarios de las partes y perito conforme al dispositivo transcripto.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): 1) "En virtud de las modificaciones propuestas y, de acuerdo a la base salarial que se modifica, la que asciende a $ 86.824,48 los rubros de condena se recalculan en la suma de : ... TOTAL 2.600.822,38" 2) "En virtud de todo lo expuesto, propongo modificar parcialmente la sentencia apelada, elevando el monto de condena a la suma de $ 2.600.822,38 con más los intereses y actualización determinados en los considerandos." 3) (Voto preopinante, en disidencia sobre intereses) "En definitiva por todo lo expuesto, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 55 de la 27.802, dado que resulta discriminatorio, y violatorio del principio de progresividad, al no compensar adecuadamente la desvalorización del crédito. ... En consecuencia, considero que corresponde aplicar actualización monetaria desde el origen del crédito, con más una única capitalización conforme art. 770 inc. b del CPCCN, y un interés puro."
- Disidencia relevante: La Dra. Diana R. Cañal sostuvo en su voto la inconstitucionalidad del art. 55 y propuso aplicar IPC con capitalización única y un interés distinto (propuso 3% y, en diversas consideraciones, 6% como piso e incluso 12% en otros precedentes). Sin embargo, la mayoría (Perugini y Loguarro) votó por aplicar los intereses previstos en el art. 55 de la ley 27.802, que es lo que se plasmó en la parte dispositiva.

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