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A. B. C. M. C/ V. M. V. S/ DETERMINACION PRECIO/ALQUILERES

La actora promovió incidente de fijación y cobro de canon locativo por la privación del uso y goce del 50% indiviso de un inmueble en Libertad, partido de Merlo. El Tribunal hizo lugar parcialmente, condenando a la demandada al pago de un canon mensual de $350.000 (50% del valor locativo actualizado) desde el 20/12/2023, con intereses y actualización semestral, y rechazó el reclamo sobre impuestos y tasas.

Incidente de fijacion de canon locativo Condominio Privacion de uso y goce Valor locativo Pericia tasadora Icl (indice para contratos de locacion) Intereses (6% anual primer tramo Tasa pasiva b. pcia. bs. as. luego) Fecha de devengamiento 20/12/2023 Impuestos y tasas (rechazo) Costas a la parte demandada

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: C. M. A. B. Demandado: M. V. V. Objeto: Fijación y cobro de canon locativo por la privación del uso y goce del 50% indiviso del inmueble sito en Victoria 1413, Libertad, Partido de Merlo. Decisión: Se hizo lugar parcialmente al incidente. Se condenó a M. V. V. a pagar a la actora los cánones locativos correspondientes al 50% indiviso, fijados en $350.000 mensuales (actualización y forma de liquidación detalladas), desde el 20/12/2023, con intereses conforme lo dispuesto; se rechazó la petición de imponerle el pago íntegro de impuestos, tasas y contribuciones; se impusieron las costas a la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "La mera residencia de la demandada en el inmueble no puede ser equiparada, sin más, al ejercicio exclusivo de los derechos correspondientes a la restante porción indivisa. G. A. P. V., en su condición de condómino, posee título jurídico suficiente para usar y gozar de la cosa común, con las limitaciones derivadas del derecho equivalente que corresponde a la restante titular. En efecto, el derecho de uso y goce de la cosa común corresponde a todos los condóminos, quienes pueden ejercer sobre ella las facultades inherentes a su derecho en tanto resulten compatibles con las de los restantes comuneros. De allí que la obligación de compensar económicamente el uso de la cosa común no deriva de su mera ocupación material, sino de la privación o exclusión que dicho uso produce respecto del derecho concurrente del restante condómino." "Pues entonces, valorada la conducta procesal de la accionada conjuntamente con las restantes constancias incorporadas a la causa y en el proceso conexo sobre división de condominio (particularmente, el informe socio ambiental practicado en fecha 4/6/2026), corresponde tener por acreditado, a los fines de resolver la presente controversia, que la actora se encuentra privada del ejercicio de las facultades de uso y goce correspondientes a su participación indivisa, mientras que la demandada continúa ocupando materialmente el inmueble junto con su hijo." "La martillera interviniente, Claudia Inés Celiz, en su dictamen y en las posteriores explicaciones brindadas, estimó el valor locativo del inmueble de autos en la suma de $500.000, conclusión que aprecio en los términos de los arts. 375, 384 y 474 del C.P.C.C., sin encontrar razones que justifiquen apartarme de ella. Así, ... la compensación deberá establecerse sobre el 50% del valor locativo total del inmueble, el que, conforme la estimación efectuada por la experta a la fecha de su dictamen, asciende a la suma mensual de $250.000 ... En consecuencia, y tomando como pauta objetiva el Índice para Contratos de Locación (ICL) ... fijo prudencialmente -a la fecha de este decisorio
- que el 50% del canon locativo reclamado en autos asciende a la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MIL ($350.000.-)." "La interpelación, para que tenga el efecto de ser constitutiva de mora, debe ser un requerimiento determinado, concluyente y consistir en la exigencia expresa del cumplimiento de la obligación. ... la notificación de la demanda constituye interpelación idónea para constituir en mora ... concluyo que dicho canon correrá desde la fecha de notificación de la presente acción, esto es el 20 de diciembre de 2023 ..." Dispositivo (extracto): "I. HACER LUGAR PARCIALMENTE a la demanda promovida por C. M. A. B. contra M. V. V. II.
- CONDENAR a la parte demandada a pagar a la accionante, por la privación del uso y goce correspondiente al 50 % indiviso ... los cánones locativos devengados y fijados en el considerando Cuarto con más los intereses establecidos en el considerando Sexto ... III.
- ORDENAR a la demandada a abonar ... dentro del quinto día de cada mes, los cánones que de aquí en más se devenguen ... V.
- RECHAZAR la pretensión ... de imponer a M. V. V. el pago íntegro de las deudas por impuestos, tasas y contribuciones ... VI.
- IMPONER las costas del juicio a la accionada ..."

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