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BURSZTYN ETCHEVERRY PABLO MARTIN C/ ODDO CLAUDIO RODOLFO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un siniestro de tránsito ocurrido el 30/07/2022, reclamando incapacidad, daño moral, psicológico y gastos médicos por $5.520.000. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a los demandados y a la aseguradora a pagar $9.430.527 más actualización e intereses, imponiendo las costas a la parte demandada.

Danos y perjuicios Accidente de transito Responsabilidad objetiva por riesgo de la cosa Incapacidad sobreviniente (6.54%) Dano moral Caja de seguros s.a. (aseguradora) Indemnizacion $9.430.527 Intereses y actualizacion (ipc 6% anual) Costas a la demandada Prueba pericial (cozzi) / testigo presencial observaciones: no consta en la sentencia el nombre del juez que firma Se consigno el monto total La fecha del hecho (30/07/2022) y la metodologia de calculo aplicada por el tribunal (formula y salario minimo tomado).

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Pablo Martín Bursztyn Etcheverry, por medio de apoderado Dr. Juan Pablo Covello. Demandado: Claudio Rodolfo Oddo (conductor), Marta Sara González (titular dominial/asegurada) y Caja de Seguros S.A. (citada en garantía). Objeto: Daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito ocurrido el 30 de julio de 2022; se reclamó $3.000.000 por daño físico/incapacidad sobreviniente, $20.000 por gastos de farmacia y asistencia médica, $1.500.000 por daño moral y $1.000.000 por daño psicológico (total peticionado $5.520.000 y lo que resulte de prueba). Decisión: Se hizo lugar a la demanda y se condenó a los demandados y a la aseguradora a abonar al actor la suma de PESOS NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL QUINIENTOS VEINTISIETE ($9.430.527) dentro de diez días de ejecutoriada la presente, con más intereses y actualización según lo dispuesto en el considerando IV; se impusieron las costas a la parte demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- Sobre reconocimiento del hecho y responsabilidad objetiva: "Conforme ha quedado establecido por medio de las primeras presentaciones en juicio de cada una de las partes, se encuentra reconocido por la contraria la existencia del evento dañoso, las circunstancias de tiempo y lugar, difiriendo en la mecánica del siniestro, las responsabilidades endilgadas y los daños reclamados ... Tratándose de un daño por el riesgo de la cosa deviene aplicable el régimen de la responsabilidad objetiva por el riesgo creado (art. 1.757 del CCC) ... quienes para liberarse de responsabilidad deberán demostrar la causa ajena..."
- Sobre prueba y credibilidad del testigo: "Sobre la mecánica del accidente cuento únicamente con la declaración del testigo Gustavo Daniel Elias ... Al respecto, he de señalar que atento la objetividad que demuestra tal testimonio, me persuade de la veracidad de sus dichos, lo que confiere
- a mi juicio
- credibilidad a su declaración (arts. 375, 384 y 456 Cód.Proc.)."
- Sobre vinculación de la aseguradora: "Asimismo, conforme lo normado por los arts. 828, 850, 851 del Código Civil y Comercial y 118 de la ley 17.418, la condena que se imponga en autos, se hará extensiva, a Caja de Seguros S.A en su carácter de aseguradora -a la fecha del siniestro
- del vehículo partícipe en el hecho, en la medida del contrato de seguro."
- Sobre incapacidad y cuantificación: "Dicho esto, mencionaré en primer término lo dictaminado por el perito médico Cozzi quien constató ... que dicho cuadro comporta una incapacidad, parcial y permanente, que porcentualiza en un 7% conforme el baremo de Altube-Rinaldi. ... si se considera la preexistencia denunciada ... el porcentaje al siniestro de autos seria del 6.54% ... corresponde que el presente rubro habrá de prosperar conforme el porcentaje de incapacidad atribuido ... 6.54% ... aplicando la fórmula: (salario x 13 x I) / 6 = reparación + (1000/edad = %)= TOTAL ... Salario mínimo vigente $376.600 ... ($376.600 x 13 x 6.54) / 6 = 5.336.422 + 1.334.105 = 6.670.527 ... corresponde que el presente rubro prospere parcialmente por la suma de Pesos SEIS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA MIL QUINIENTOS VEINTISIETE ($6.670.527)."
- Sobre daño moral y gastos: "estimo justo y equitativo mensurar el tópico en la suma de Pesos DOS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA MIL ($2.660.000)." "corresponde que el presente rubro prospere por la suma de PESOS CIEN MIL ($100.000) a la fecha de este decisorio" (gastos de farmacia y asistencia médica).
- Dispositivo final: "1°) Hacer lugar a la demanda instaurada por PABLO MARTIN BURSZTYN ETCHEVERRY y, en consecuencia, condenar a CLAUDIO RODOLFO ODDO, a MARTA SARA GONZÁLEZ y a la aseguradora citada en garantía CAJA DE SEGUROS S.A. ... a abonar al actor referido la suma de PESOS NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL QUINIENTOS VEINTISIETE ($9.430.527) ... con más los intereses y actualización establecidos en el considerando IV, conforme pautas allí referidas. 2°) Imponer las costas a la parte demandada ..."

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