MAROTTO NELSON ALBERTO S/ SUCESION AB-INTESTATO
El expediente tramita una declaratoria de herederos por sucesión intestada de Nelson Alberto Marotto. El Tribunal declaró a sus hijos María Celeste, Maximiliano Jesús y Dana Marlene Marotto y a su esposa Patricia Carmen Basualdo como herederos de los bienes propios del causante, fundando la decisión en la documentación probatoria (certificado de defunción, acta matrimonial, partidas de nacimiento, constancias del Registro de Testamentos y publicaciones de edictos).
¿Qué se resolvió en el fallo?
- Quién demanda (Actor)
No consta en el extracto la identidad del peticionante que promovió la sucesión intestada.
- A quién se demanda (Demandado)
Se tramita la sucesión intestada de NELSON ALBERTO MAROTTO (causante, fallecido el 17 de enero de 2026 en Bahía Blanca).
- Qué se reclama (Objeto de la demanda)
Declaratoria de herederos por fallecimiento del causante y su consecuente inscripción registral.
- Qué se resolvió (Decisión del tribunal)
Se declaró, en cuanto ha lugar por derecho, que por fallecimiento de Nelson Alberto Marotto le suceden en carácter de herederos sus hijos María Celeste Marotto, Maximiliano Jesús Marotto y Dana Marlene Marotto y su esposa Patricia Carmen Basualdo en cuanto se refiere a los bienes propios del causante; asimismo se ordenó cesar la intervención fiscal, notificarse y registrarse copia.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal como constan en el fallo):
"PRIMERO: Con el certificado de defunción del 20 de abril de se justifica el fallecimiento del causante de autos NELSON ALBERTO MAROTTO ocurrido el día 17 de enero de 2026 en Bahía Blanca."
"SEGUNDO: Que el causante era casado en primeras nupcias con PATRICIA CARMEN BASUALDO por acto celebrado el día 09 de febrero de 1990 en Pedro Luro, según así resulta de la libreta de familia, habiendo nacido de esta unión legal los hijos que viven y se llaman: MARIA CELESTE MAROTTO el día 21 de enero de 1991 en Pedro Luro, MAXIMILIANO JESUS MAROTTO el 28 de octubre de 1993 en Pedro Luro y DANA MARLENE MAROTTO el día 18 de octubre del 2000 en Pedro Luro."
"TERCERO: Con los diarios y recibos del 22 de mayo y 22 de junio de 2026 se justifica haber hecho las publicaciones de edictos ordenadas el 04 de mayo de 2026, sobre cuyo resultado y vencimiento certifica el Actuario el 24 de junio de 2026."
"CUARTO: Con el certificado expedido por el Sr. Director del Registro de Testamentos el 14 de mayo de 2026, se justifica que no consta inscripta minuta alguna de testamento por el nombre del causante y con la planilla de Registro de Juicios Universales del 08 de mayo de 2026 se acredita que no consta a nombre del causante la iniciación de ningún juicio similar."
"POR ELLO, de conformidad con lo pedido, no habiendo el Sr. Agente Fiscal formulado observación y de acuerdo a lo dispuesto por los arts. 2.424, 2.426, 2.433 y cctes. del Código Civil y Comercial de la Nación y art. 735 del Código Procesal Civil y Comercial de la Pcia. de Buenos Aires, declárase en cuanto ha lugar por derecho que por fallecimiento de NELSON ALBERTO MAROTTO le suceden en carácter de herederos sus hijos MARIA CELESTE MAROTTO, MAXIMILIANO JESUS MAROTTO y DANA MARLENE MAROTTO y su esposa PATRICIA CARMEN BASUALDO en cuanto se refiere a los bienes propios del causante (arts. 2.433 y cctes. del C.C.yC.), sin perjuicio de los derechos que la ley acuerda a éste último sobre los bienes gananciales (art. 498 y cctes. del C.C. y C.)."
"Cése, en consecuencia la intervención Fiscal. Notifíquese. Regístrese copia (Acordada 3.975 de la Excma. S.C.J.B.A.) y sigan los autos según su estado."
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