DETZEL LUCIANO S/ SUCESION AB-INTESTATO
Declaratoria de herederos por sucesión intestada solicitada por Detzel Luciano para la causante Antonia Lucía Wagner. El Tribunal declaró por derecho que le suceden como herederos los hijos María del Carmen Detzel, Claudio Luciano Detzel y Lidiana Mabel Detzel, por no existir testamento ni observaciones fiscales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: DETZEL LUCIANO (solicitante de la declaratoria de herederos).
Demandado: No corresponde/No consta un demandado concreto en autos de sucesión intestada.
Objeto: Declaratoria de herederos por fallecimiento de ANTONIA LUCIA WAGNER.
Decisión: Se declaró en cuanto ha lugar por derecho que por el fallecimiento de ANTONIA LUCIA WAGNER le suceden en carácter de herederos sus hijos MARIA DEL CARMEN DETZEL, CLAUDIO LUCIANO DETZEL y LIDIANA MABEL DETZEL, conforme art. 2.426 del Código Civil y Comercial.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"PRIMERO: Con el certificado de defunción del 27 de abril de 2026 se justifica el fallecimiento de la causante de autos WAGNER ANTONIA LUCIA ocurrido el día 25 de marzo de 2026 en Bahía Blanca.-
SEGUNDO: Que el causante era viuda de sus primeras nupcias con DETZEL LUCIANO por acto celebrado el día el 22 de abril de 1967 en San Miguel, según así resulta de la partida de matrimonio adjunta el 31 de octubre de 2024, habiendo nacido de esta unión legal los hijos que viven y se llaman: MARIA DEL CARMEN DETZEL ocurrido el día 26 de junio de 1968 en Coronel Dorrego, LIDIANA MABEL DETZEL ocurrido el día 12 de noviembre de 1976 en Felipe Sola y CLAUDIO LUCIANO DETZEL ocurrido el día 18 de agosto de 1970 en Puan..-
TERCERO: Con los diarios y recibos del 14 de julio de 2026 se justifica haber hecho las publicaciones de edictos ordenadas el 19 de mayo de 2026, sobre cuyo resultado y vencimiento certifica el Actuario el 17 de julio de 2026.-
CUARTO: Con el certificado expedido por el Sr. Director del Registro de Testamentos el 07 de julio de 2026, se justifica que no consta inscripta minuta alguna de testamento por el nombre de la causante y con la planilla de Registro de Juicios Universales del 21 de mayo de 2026 se acredita que no consta a nombre de la causante la iniciación de ningún juicio similar.-
POR ELLO, de conformidad con lo pedido, no habiendo el Sr. Agente Fiscal formulado observación y de acuerdo a lo dispuesto por los arts. 2.424, 2.426, 2.433 y cctes. del Código Civil y Comercial de la Nación y art. 735 del Código Procesal Civil y Comercial de la Pcia. de Buenos Aires, declárase en cuanto ha lugar por derecho que por fallecimiento de ANTONIA LUCIA WAGNER le suceden en carácter de herederos sus hijos MARIA DEL CARMEN DETZEL, CLAUDIO LUCIANO DETZEL y LIDIANA MABEL DETZEL (art. 2.426 del C. C. y C.).-
Cése, en consecuencia la intervención Fiscal. Notifíquese. Regístrese copia (Acordada 3.975 de la Excma. S.C.J.B.A.) y sigan los autos según su estado."
- Observaciones sobre votos o disidencias: no hay votación colegiada ni disidencias en el expediente; se trata de resolución de primera instancia.
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