MARINELLI NORMA CELIA CELESTE S/ SUCESION AB-INTESTATO
La sucesión ab-intestato de Norma C. C. Marinelli por fallecimiento el 1/9/2024; se solicitó la declaración de herederos. El Tribunal declara lugar al pedido y reconoce como herederos universales, sin perjuicio de terceros, a sus hijos Sergio Gabriel Caimi y Germán Alejandro Caimi, conforme arts. 2426 y 2437 del Código Civil y Comercial y arts. 735 y 737 del C.P.C.C.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: El pedido se presentó por escrito electrónico a cargo del Dr. Luján Martín Fernando (actuación del 20/5/2026).
Demandado: No existe un demandado concreto; se tramita la declarativa de herederos en la sucesión ab-intestato de Norma Celia Celeste Marinelli.
Objeto: Se solicita que, por fallecimiento de Norma C. C. Marinelli (1/9/2024), se declare como herederos universales a sus hijos Sergio Gabriel Caimi y Germán Alejandro Caimi, conforme normativa del Código Civil y Comercial y el C.P.C.C.
Decisión: Se hizo lugar al pedido y "se declara en cuanto a lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de NORMA CELIA CELESTE MARINELLI le sucede en caracter de universales herederos sus hijos SERGIO GABRIEL CAIMI y GERMAN ALEJANDRO CAIMI." Regístrese.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
- "Que con el certificado acompañado con el escrito liminar se acredita el fallecimiento de NORMA CELIA CELESTE MARINELLI, ocurrido el día 1 de septiembre de 2024."
- "Que la causante había contraído matrimonio con EDUARDO ALEJANDRO CAIMI, del cual se había divorciado en los términos del arts. 214 Inc. 2, 217, 232 y 3574 del Código Civil (mod. ley 23.515), conforme se acredita con la instrumental acompañada el 5/9/2025, por lo que se encuadra en la situación prevista en el art. 2437 del Código Civil y Comercial, en que ninguno de los cónyuges mantendrá derechos hereditarios en la sucesión del otro."
- "Que de dicha unión nacieron: SERGIO GABRIEL CAIMI y GERMAN ALEJANDRO CAIMI, conforme se encuentra acreditado en autos."
- "Que con los diarios y recibos agregados en autos, consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el artículo 734, inciso 2 del C. P. C. C. y sobre cuyo resultado negativo informa la señora Secretaria en este acto."
- "De conformidad con lo pedido, y lo dispuesto por los artículos 2426 y 2437 del Código Civil y 735 y 737 del C.P.C.C. se declara en cuanto a lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de NORMA CELIA CELESTE MARINELLI le sucede en caracter de universales herederos sus hijos SERGIO GABRIEL CAIMI y GERMAN ALEJANDRO CAIMI."
- No se consignan votos en disidencia; la resolución está firmada por el Juez Pablo Daniel Rezzónico.
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