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TAMASHIRO ELISA S/ SUCESION AB-INTESTATO

El actor promovió sucesión ab-intestato por el fallecimiento de Elisa Tamashiro solicitando la declaración de herederos. El Tribunal declaró en cuanto a lugar que, por fallecimiento de Elisa Tamashiro, le suceden en carácter de herederos universales sus hermanos, registrando la decisión conforme a los artículos citados del Código Civil y Comercial y del CPCC.

Sucesion ab-intestato Declaracion de herederos Fallecimiento 01/07/2019 Herederos universales Publicacion de edictos (art. 734 cpcc) Art. 2438 y 2439 ccyc Prueba documental (actas de nacimiento) Registro de sentencia Estado civil soltera Secretaria (resultado negativo de edictos)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Peticionantes que acreditaron ser hermanos del causante (consta en autos ANGELICA TAMASHIRO y JUAN JOSE TAMASHIRO). Demandado: ELISA TAMASHIRO (causante, fallecida el 1 de julio de 2019). Objeto: Trámite de sucesión ab-intestato y declaración de herederos universales del causante. Decisión: Se declara en cuanto a lugar y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de ELISA TAMASHIRO le suceden en carácter de herederos universales sus hermanos (según el texto del decisorio). Se ordena su registro.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "1º) Que con el certificado adjunto al escrito liminar se acredita el fallecimiento de ELISA TAMASHIRO ocurrido el 1 de julio de 2019.- 2º) Que el causante era de estado civil soltera, y que no tenia descendencia conforme manifestación formulada en el escrito liminar. 3º) Que con el certificado de nacimiento del causante se acredita que eran sus padres: SEIKI TAMASHIRO y CHIYO TAKARA, ambos prefallecidos al causante de autos, en fecha 31/12/1975 y 17/7/1988 -respectivamente-, todo ello conforme surge de la documental adjunta al escrito del 13/10/2025, al escrito liminar y la acompañada a la pieza a despacho.- 4º) Que acreditaron ser sus hermanos: ANGELICA TAMASHIRO y JUAN JOSE TAMASHIRO, conforme actas de nacimiento adjuntas al escrito liminar. 5º) Que con los diarios y recibos agregados en pdf al escrito a despacho consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el artículo 734, inciso 2 del C. P. C. C. y sobre cuyo resultado negativo informa la señora Secretaria en este acto.- POR ELLO: De conformidad con lo pedido, y lo dispuesto por los artículos 2438 y 2439 del Código Civil y Comercial y arts. 735 y 737 del C.P.C.C., y 735 y 737 del C.P.C.C., se declara en cuanto a lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de ELISA TAMASHIRO le sucede en carácter de universal herederos sus hermanos SEIKI TAMASHIRO y CHIYO TAKARA REGISTRESE.-" (Nótese que el decisorio contiene la declaración de herederos con los nombres consignados en el bloque dispositivo tal como aparecen en el texto del fallo.)

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