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BASEI CLAUDIO JUAN S/ SUCESION AB-INTESTATO

El trámite sucesorio intestamentario solicitó la declaración de herederos por el fallecimiento de Claudio Juan Basei. El Tribunal declaró por derecho y sin perjuicio de terceros que heredan en calidad de universales sus hijos Cristian Claudio Basei y Sabrina Gabriela Basei y su cónyuge María Gabriela Cisilotto, disponiendo la registración correspondiente.

Sucesion ab-intestato Declaracion de herederos Fallecimiento 12/10/2025 Conyuge y descendientes Publicacion de edictos (art. 734 cpcc) Codigo civil y comercial (arts. 2424 2433) Registracion Derechos de gananciales Tribunal de primera instancia Autos de sucesion observacion: el proveido es un pronunciamiento administrativo/judicial declarativo en sede sucesoria No se individualizan demandante ni demandado convencionales en el texto mas alla de los interesados sucesorios.

Actor: No se individualiza parte actora en el texto; obra escrito electrónico presentado por el Dr. Mercado en representación/interés de la sucesión. Demandado: No aplica/demandado no informado; se tramita acto declarativo sucesorio por fallecimiento. Objeto: Declaración de herederos ab-intestato por fallecimiento de CLAUDIO JUAN BASEI (fallecido el 12/10/2025). Decisión: El Tribunal declaró que por el fallecimiento de CLAUDIO JUAN BASEI suceden como herederos universales sus hijos CRISTIAN CLAUDIO BASEI y SABRINA GABRIELA BASEI y su cónyuge MARÍA GABRIELA CISILOTTO, a quien además se la declaró heredera en cuanto a bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos legales respecto de los gananciales; ordenó su registración.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Se transcriben los párrafos del proveído que contienen los fundamentos y el dispositivo, tal como obra en autos: "1º) Que con el certificado de defunción acompañado con el escrito liminar se acredita el fallecimiento de CLAUDIO JUAN BASEI, ocurrido el día 12/10/2025.- 2º) Que éste había contraído matrimonio con MARÍA GABRIELA CISILOTTO el día 02/12/1982, conforme surge del certificado de matrimonio acompañado con el escrito de demanda. 3º) Que de dicha unión nacieron CRISTIAN CLAUDIO BASEI Y SABRINA GABRIELA BASEI, según certificados de nacimiento incorporados en autos. 4º) Que con los diarios y recibos agregados con el escrito a despacho consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el artículo 734, inciso 2 del C. P. C. C. y sobre cuyo resultado negativo informa la señora Secretaria en este acto. POR ELLO: De conformidad con lo pedido, y lo dispuesto por los artículos 2424, 2433 y cc del Código Civil y Comercial y arts. y 735 y 737 del C.P.C.C., se declara en cuanto a lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de CLAUDIO JUAN BASEI le suceden en carácter de universales herederos sus hijos CRISTIAN CLAUDIO BASEI Y SABRINA GABRIELA BASEI y su cónyuge MARÍA GABRIELA CISILOTTO a quien también se lo declara heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales. REGISTRESE." (Firmado en la Ciudad de Morón. Débora Elena Lelkes. Juez (P.D.S.))

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