MUNICIPALIDAD DE MORENO C/ MOGETTA GUIDO DAVID Y OTRO/A S/ APREMIO
La Municipalidad de Moreno solicitó la homologación de un acuerdo de pago en causa de apremio contra Guido Ricardo Moguetta Prevedello. El Tribunal homologó el convenio por $6.473.095,70, impuso las costas al ejecutado y tuvo por ajustados los honorarios pactados por $1.165.157,22 conforme a la normativa aplicable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Municipalidad de Moreno, representada por la Dra. Gladys M. Mestre.
Demandado: Guido Ricardo Moguetta Prevedello.
Objeto: Homologación de acuerdo de pago celebrado en el marco de ejecución (apremio), con reconocimiento de deuda y plan de pago en 6 cuotas; levantamiento de medida cautelar y regulación/consideración de honorarios y tasas.
Decisión: Se homologó el acuerdo de pago denunciado por $6.473.095,70; se impusieron las costas al ejecutado conforme lo convenido; se tuvieron presentes y ajustados los honorarios pactados de $1.165.157,22; se registró y notificó; se ordenó el levantamiento de la medida cautelar con conformidad de la accionante; se tuvo por cumplido lo exigido por las leyes citadas y se reconoció pago de tasa de justicia ($142.408,10) y sobretasa ($14.240,81).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes del fallo):
"PRIMERO: La letrada apoderada de la parte actora Dra. Dra. Gladys M. Mestre y el ejecutado Guido Ricardo Moguetta Prevedello han arribado a un acuerdo de pago, el cuál ha sido acompañado junto con la presentación efectuada el 17.11.2025 y ratificado por la accionada ante esta dependencia judicial el día 05.08.2026."
"SEGUNDO: Teniendo en cuenta que mediante la suscripción del convenio de pago en 6 cuotas celebrado entre la Municipalidad de Moreno y el ejecutado Guido Ricardo Moguetta Prevedello, se ha efectuado el reconocimiento de la deuda, la distribución de las costas corresponde su homologación (art. 23 ley 13406)."
"RESUELVO: 1) Homologar el acuerdo de pago arribado por la parte actora y el ejecutado Guido Ricardo Moguetta Prevedello, que se expresa electrónicamente en la presentación efectuada el día 17.11.2025 (art. 23 de la ley 13.406); 2) Imponer las costas al ejecutado Guido Ricardo Moguetta Prevedello de acuerdo a lo convenido en el acuerdo (art. 73 -in fine
- del C.P.C.C.); 3) Teniendo en cuenta el monto del acuerdo denunciado de $ 6.473.095,70 -véase presentación del 17.11.2025
- (art. 116, C.P.C.C.), y toda vez que los honorarios pactados en el convenio adjunto a la Dra. Gladys M. MESTRE ... en la suma de $1.165.157,22 se ajustan a las previsiones del art. 22 de la ley 13.406, se los tiene presentes. REGISTRESE con copia del acuerdo acompañado y NOTIFIQUESE."
Además el Tribunal consignó: "Téngase por acreditado el pago de la tasa de justicia y su contribución conforme los comprobantes acompañados junto con la presentación del día 17.11.2025." y ordenó "procedase al levantamiento de la medida cautelar que fuera dispuesta el día 13.08.2025 ... correspondiendo a la interesada la confección y presentación a confronte del instrumento respectivo."
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