BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ SOTELO RAMIREZ MARIA ELENA S/ COBRO EJECUTIVO
Ejecución promovida por el Banco de la Provincia de Buenos Aires para cobrar saldo de tarjeta/crédito por $889.344,79 más intereses contractuales. El Tribunal hace lugar a la ejecución por mora constituida el 06.05.2024, impone las costas al ejecutado y ordena la liquidación de intereses conforme a las pautas contractuales y legales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Demandado: MARÍA ELENA SOTELO MARTINEZ (identificada también como SOTELO RAMIREZ MARIA ELENA).
Objeto: Cobro ejecutivo del capital reclamado de $889.344,79 más intereses por mora derivados de la relación de crédito/Resumen de cuenta.
Decisión: Se hace lugar a la ejecución promovida, ordenando continuar la ejecución hasta que la parte deudora pague íntegramente el capital reclamado ($889.344,79) y los intereses que se liquidarán conforme a lo indicado; se impusieron las costas al accionado; se diferenció la regulación de honorarios; se constituyó domicilio procesal del demandado en los estrados del Juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
I
- "La parte demandada María Elena Sotelo Martínez, intimada de pago en el domicilio de la calle Irala Nº 660 de Francisco Álvarez, partido de Moreno, provincia de Buenos Aires (ver trámite del día 24.06.2026), no compareció conforme a derecho ni opuso excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según lo informa el Actuario en este acto, por lo que cabe darle por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del C.P.C.C.). En tales condiciones, corresponde dictar sentencia de remate (art. 540 "in fine" del C.P.C.C.)."
II
- "Cabe tomar como fecha de constitución en mora la que surge del último resumen de cuenta, esto es, el 06.05.2024 (ver documentación adjunta en el escrito de demanda de fecha 19.03.2025). Ello, toda vez que los resúmenes de cuenta no han sido cuestionados (conf. art. 886 Código Civil y Comercial, CC0001 SM 59058 RSD-220-7 S 20-7-2007 'Forma Crédito S.A. c/ Alvarado, Sandra Luz s/ Sumario'). La suma objeto de condena devengará, desde la mora y hasta su efectivo pago, los intereses pactados por los litigantes en el contrato, los que no podrán superar, por todo concepto, el tope fijado por los arts. 16 y 18 de la Ley 25.065."
Dispositivo: "SENTENCIA: 1°) Mandar llevar adelante la ejecución promovida por BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES contra MARÍA ELENA SOTELO MARTINEZ hasta tanto la parte deudora le haga a la parte acreedora íntegro pago del capital reclamado de $889.344,79, con más los intereses que se liquidarán siguiendo las pautas establecidas en el considerando segundo. 2°) Imponer las costas al accionado por resultar vencido (art. 68, C.P.C.C.). 3°) Diferir la regulación de honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 de la ley 14967. 4°) Tener por constituido el domicilio procesal del demandado en los estrados del Juzgado (arts. 40 y 41. C.P.C.C.)."
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