CFN SRL C/ PUCHETA MATIAS ADRIAN S/ COBRO EJECUTIVO
El actor promovió ejecución de pagaré vinculado a contrato de mutuo por préstamo de $256.559 por mora en el pago de 6 cuotas. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó llevarla adelante contra el ejecutado por el capital de $256.559 más intereses a la Tasa Activa del BNA (con un adicional del 50% en concepto de punitorios) y costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: CFN SRL.
Demandado: MATIAS ADRIAN PUCHETA.
Objeto: Ejecución de pagaré a la vista integrado con contrato de mutuo por un préstamo de $256.559 a restituir en 6 cuotas, por incumplimiento (no abonó ninguna cuota).
Decisión: Se hizo lugar a la ejecución y se mandó llevar adelante la ejecución contra el demandado para obtener el íntegro pago del capital adeudado de $256.559, con más intereses y costas; se difirió la regulación de honorarios y se constituyó el domicilio de los ejecutados en los estrados del Juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del pronunciamiento):
"Que encontrándose el demandado debidamente intimado de pago, conforme diligencia adjunta en PDF del día 5/6/2026, no habiendo opuesto excepciones (art. 542 del CPCC), corresponde mandar llevar adelante la ejecución (art. 540 del CPCC)."
"Tratándose la documentación base de un pagaré a la vista que se integra con el contrato de mutuo (adjuntos en PDF el DEMANDA
- SE PRESENTA (239701576008296006)), vinculado a una operación de consumo, habiendo denunciado la actora que, de las 6 cuotas acordadas en la solicitud de préstamo, el demandado no abonó ninguna de ellas, tengo por operada la mora el día 5/6/2024."
"En cuanto al monto por el que la presente demanda habrá de prosperar, teniendo en cuenta que el demandado recibió un préstamo de $256.559, a restituir en 6 cuotas iguales y consecutivas, he de fijar aquél en la suma de $256.559."
"Respecto a los intereses, toda vez que los pactados exceden el costo medio del dinero en operaciones similares, al capital de condena señalado, deberá adicionarse intereses a la Tasa Activa del Banco de la Nación Argentina (conforme lo previsto para este título por el art. 52 inciso 2 del Decreto 5965/63), a computarse desde la fecha de mora -el 5/6/2024.
- hasta su pago, con más un 50% de dicha tasa, en concepto de punitorios hasta la cancelación definitiva del crédito."
FALLO (extracto):
"1.
- Mandando llevar adelante la ejecución contra MATIAS ADRIAN PUCHETA hasta hacer al acreedor, CFN SRL., íntegro pago del capital adeudado de $256.559, con más los intereses indicados en los considerandos y las costas (arts. 68 y 556 del CPCC).
2.
- Difiriendo la regulación de honorarios (art. 51 apart. 2do. de la Ley 14967).
3.
- Teniendo por constituído el domicilio de los ejecutados en los Estrados del Juzgado (art.41 y 540 del CPCC), cumpliéndose respecto de los mismos las notificaciones por Ministerio de Ley, a partir de la presente.
4.
- Dejando constancia que el ejecutado fue intimado de pago en la calle SABATTINI N° 388 BARRIO SAN JACINTO, de la ciudad de CAMPANA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES (art. 14 del Acordada 2514/93 de la SCJBA)."
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