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GRABOSQUI RUBEN DARIO S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se solicitó la declaratoria de herederos ab-intestato de Rubén Darío Grabosqui, reclamando la sucesión a favor de sus hijos y su cónyuge supérstite. El Tribunal declaró que le suceden en carácter de universales herederos Abril Priscila Grabosqui y Tahiel Benjamín Grabosqui, y a la cónyuge supérstite Elsa Araceli Konig respecto de bienes propios y con resguardo de sus derechos sobre los gananciales.

Sucesion ab-intestato Declaratoria de herederos Herederos universales Conyuge superstite Hijos Cccn articulos 2424/2426/2433 Cpcc arts. 735 y 737 Notificacion electronica (acordada scba 4013) Edictos art. 2340 cccn Ministerio fiscal / asesor de incapaces

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Los solicitantes de la declaratoria son Abril Priscila Grabosqui; Tahiel Benjamín Grabosqui y Elsa Araceli Konig (figuran como interesados en la sucesión). Demandado: La sucesión del causante Rubén Darío Grabosqui (fallecido). Objeto: Declaratoria de herederos ab-intestato y regularización sucesoria conforme al CCCN y normas procesales aplicables. Decisión: Se hizo lugar a la declaratoria de herederos, indicando quiénes suceden por derecho y las salvedades relativas a bienes propios y gananciales.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo, lenguaje original del Tribunal): "Con las constancias obrantes en autos, se tienen por acreditados los siguientes extremos: 1. Con el certificado de fs.20, el fallecimiento del causante Ruben Dario Grabosqui, acaecido el 15/11/2025. 2. Con el certificado de fs.3, su matrimonio con Elsa Araceli Konig, celebrado el 14/10/2005. 3. Con los certificados de fs.3, el nacimiento de los hijos del referido matrimonio: Abril Priscila Grabosqui, nacida el 04/03/2006 y Tahiel Benjamín Grabosqui, nacido el 28/08/2012. 4. Con la certificación de fs.24 la publicación de edictos que prescribe el art. 2340 del CCCN, con las constancias de fs.7, 9 y 18 el cumplimiento del oficio que requiere la ley 10.205, la planilla que requiere la ley 7205 y el oficio al Registro de Testamentos." "Por ello, en atención a lo solicitado, lo que prescriben los 2424, 2426 y 2433 del CCCN y arts. 735 y 737 del CPCC, y lo dictaminado a fs. 26 y 30 por la Agente Fiscal y el Asesor de Incapaces, RESUELVO: Declarar en cuanto ha lugar por derecho que por fallecimiento de Ruben Dario Grabosqui, le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Abril Priscila Grabosqui y Tahiel Benjamin Grabosqui, y su cónyuge supérstite Elsa Araceli Konig si hubiere bienes propios y sin perjuicio de los derechos que la ley le otorga en relación a los gananciales. NOTIFÍQUESE electrónicamente (conf. Acordada SCBA N° 4013), a las partes, al Asesor de Incapaces y a la Agente Fiscal. REGÍSTRESE. Déjese constancia que con respecto a la notificación al Ministerio Fiscal y al Asesor de Incapaces, se los tendrá por consentidos una vez vencido el plazo pertinente, sin necesidad de que deban emitir dictamen al respecto."

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