DIAZ DAVID ALEJANDRO C/ TERRUZZI MARIANO DAMIAN Y OTRO/A S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
El actor solicitó el beneficio de litigar sin gastos para poder iniciar una demanda por daños y perjuicios. El Tribunal accedió al pedido y concedió el beneficio, exceptuando la salvedad del art. 84 del CPCC, mientras el actor no mejore de fortuna.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: DAVID ALEJANDRO DIAZ.
Demandado: MARIANO DAMIAN TERRUZZI y METROPOL CIA ARG DE SEGUROS.
- Qué se reclama (Objeto de la demanda/incidente): Se solicitó el BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS a fin de poder entablar un juicio por DAÑOS Y PERJUICIOS sin estar obligado al pago de costas u otros gastos judiciales mientras no mejore de fortuna.
Decisión: Se hizo lugar al pedido y se concedió el beneficio solicitado, con la salvedad del artículo 84 del CPCC.
- Fundamentos principales de la decisión (textos extraídos literalmente del fallo):
"De conformidad con lo solicitado en la presentación liminar y, elementos traídos a juicio; declaraciones testimoniales rendidas con fecha 04/06/2026 de las cuales se confiriera traslado con fecha 11/06/2026 -sin replica
- y declaración jurada anexada en pdf con el escrito de fecha 04/06/2026, que aprecio de acuerdo a las reglas de la sana crítica (art. 384 y 456 del CPCC) y, en orden a lo normado por los arts. 78, 79, 81, 82, y 85 del C.P.C.C.,"
"RESUELVO: Conceder a DAVID ALEJANDRO DIAZ, el BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS solicitado, a los fines que pueda afrontar el juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS interpondrá contra MARIANO DAMIAN TERRUZZI y METROPOL CIA ARG DE SEGUROS, sin tener que satisfacer el pago de las costas u otros gastos judiciales, en tanto no mejore de fortuna, con la salvedad establecida en el art. 84 del CPCC.-REGISTRESE. NOTIFIQUESE."
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