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PICCONE PASCUAL ANSELMO Y ECHEVARRIA MARIA APOLINARIA S/SUCESION AB-INTESTATO

Acción de declaratoria de herederos ab-intestato por el fallecimiento de María Apolinaria Echevarria. El Tribunal declaró herederos universales a los hijos Pascual Alberto, María Elisa y Marta Beatriz Piccone, conforme a los certificados aportados y las publicaciones de edictos con resultado negativo, en aplicación de los arts. 2337, 2424, 2426 del C. Civil y Comercial y 735 y 737 del C. Procesal.

Declaratoria de herederos Sucesion ab-intestato Herederos universales Edictos Certificado de defuncion Matrimonio Hijos Art. 2337 c.c. Art. 735 c. procesal Registro

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Los hijos de la causante: Pascual Alberto Piccone; María Elisa Piccone; Marta Beatriz Piccone. Demandado: Sucesión de María Apolinaria Echevarria (procedimiento de declaratoria de herederos ab-intestato). Objeto: Se solicita la declaratoria de herederos por fallecimiento de María Apolinaria Echevarria, a fin de que sus hijos sean reconocidos como herederos universales. Decisión: Se hace lugar al pedido y se declara, sin perjuicio de terceros, que por el fallecimiento de María Apolinaria Echevarria le suceden en carácter de herederos universales sus hijos Pascual Alberto, María Elisa y Marta Beatriz Piccone; resígnese registro.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "Que con el certificado de defunción acompañado en PDF con fecha 08/04/2026 se acredita el fallecimiento de MARIA APOLINARIA ECHEVARRIA, ocurrida el 08 de Febrero de 2026." "Que la misma era de estado civil viuda, habiendo contraído matrimonio con PASCUAL ANSELMO PICCONE con fecha 29 de Diciembre de 1954, quien posteriormente falleciera con fecha 19 de Enero de 2014 (cfe. surge del certificado de matrimonio que luce a fs. 5 y certificado de defunción acompañado a fs.4)." "Que de dicha unión nacieron PASCUAL ALBERTO (cfe. certificado de nacimiento acompañado a fs.9); MARÍA ELISA y MARTA BEATRIZ PICCONE (cfe. certificados de nacimiento acompañados en PDF con fecha 08/08/2022." "Que mediante constancia electrónica de fecha 11/08/2026 consta el haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 del ritual y sobre cuyo resultado negativo informa el Sr. Secretario en este acto." "Por ello de conformidad con lo pedido y en orden a lo normado por los arts. 2337, 2424, 2426 y conc. del C. Civil y Comercial, 735 y 737 del C. Procesal, se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por el fallecimiento de MARIA APOLINARIA ECHEVARRIA le sucede en carácter de universales herederos sus hijos PASCUAL ALBERTO, MARÍA ELISA y MARTA BEATRIZ PICCONE REGISTRESE." (No se consignan votos en disidencia ni otros fundamentos adicionales en el texto aportado.)

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