MUNICIPALIDAD DE MORENO C/ NEDICH MICHEL BRIAN Y OTRO/A S/ APREMIO
Ejecución fiscal municipal por deuda de tasas y contribuciones. El Tribunal declaró la causa de trance y remate y ordenó continuar la ejecución contra el demandado por PESOS 2.534.895,12 más intereses conforme ordenanzas municipales, imponiendo costas a la parte vencida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: MUNICIPALIDAD DE MORENO.
Demandado: NEDICH MICHEL BRIAN.
Objeto: Ejecución por deuda municipal (título ejecutivo presentado el 7/4/2025) de capital y accesorios; se solicita ejecución, apremio, trance y remate.
Decisión: Se declaró la causa de trance y remate y se mandó llevar adelante la ejecución hasta que el demandado haga íntegro pago del capital reclamado, imponiendo costas a la demandada vencida y difiriendo regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"No habiendo la demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPC)."
"Sin perjuicio de lo proveído en la apertura del presente proceso, en atención a lo decidido por la Excma.Cámara de Apelaciones con fecha 19 de Octubre de 2020 en los autos caratulados 'MUNICIPALIDAD DE MORENO C/ EMPRENDIMIENTOS LOS ROBLES S.A. Y OTRO/A S/ APREMIO' Expte N°MG26881/19, lo cual dejando a salvo mi opinión, por razones de economía procesal ha motivado un cambio de criterio del Infrascripto, y conforme lo normado por el art. 5 de la dto.-ley 9122/78 y 529 del C.P.C.C., ha de tomarse en cuenta el capital reclamado por la suma que resulta del certificado expedido por el Municipio actor acompañado con fecha fecha de presentación de la documentación en las condiciones allí referidas."
"Por ello, conforme lo pedido, lo dispuesto en la Ley 13.406 y en los artículos 540 y 549 del Cód. Proc. FALLO esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada MICHEL BRIAN NEDICH haga íntegro pago a la accionante, MUNICIPALIDAD DE MORENO del capital reclamado de PESOS Pesos DOS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 12/100 ($2.534.895,12), a dicho monto se le aplicará los intereses conforme lo establecido por las ordenanzas municipales vigentes (Arts. 9 y 10 de la ley 13.406), con la salvedad expuesta en el cuarto párrafo; desde el vencimiento de cada período contenido en el Título Ejecutivo presentado con fecha 7/4/2025 y hasta su efectivo pago. Imponiendo las costas de la ejecución a la demandada vencida(arts. 68 y 556 C.P.C.C.). Difiriendo la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 51 ley 14967). Tiénese al demandado por constituído el domicilio en los estrados del juzgado, notifíquese por ministerio ley (arts. 7, 13 Ley 13.406 y 41, 133 del CPCC)."
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