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MUNICIPALIDAD DE MORENO C/ C. M. Y OTRO/A S/ APREMIO

La Municipalidad de Moreno promovió ejecución por apremio de deuda municipal. El Tribunal ordenó la causa de trance y remate y mandó llevar adelante la ejecución contra Mirta Costich por capital de $1.005.273,33 más intereses ordenados por las ordenanzas municipales, imponiendo las costas a la demandada.

Ejecucion municipal Apremio Trance y remate Titulo ejecutivo Intereses Costas Domicilio constituido Ley 13.406 Cpcc arts. 540/549 Monto $1.005.273 33

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: MUNICIPALIDAD DE MORENO. Demandado: Mirta Costich. Objeto: Ejecución por apremio de suma adeudada por obligaciones municipales (título ejecutivo certificado por el Municipio con fecha 12/12/2025). Decisión: Se hace lugar a la ejecución; se declara la causa de trance y remate y se ordena llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada haga íntegro pago del capital reclamado de Pesos UN MILLÓN CINCO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES CON 33/100 ($1.005.273,33), aplicándose intereses conforme ordenanzas municipales desde el vencimiento de cada período contenido en el título ejecutivo. Se imponen las costas a la demandada; se difiere regulación de honorarios; se tiene constituido domicilio en los estrados y notifíquese por ministerio de ley.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literales relevantes): "Se deja constancia que la ejecutada fue intimada de pago en el domicilio de la calle Ruta 25 km 7,5 UF 140 L3 N°1 Moreno. (ver mandamiento agregado el 10/08/2026)." "Sin perjuicio de lo proveído en la apertura del presente proceso, en atención a lo decidido por la Excma.Cámara de Apelaciones con fecha 19 de Octubre de 2020 en los autos caratulados 'MUNICIPALIDAD DE MORENO C/ EMPRENDIMIENTOS LOS ROBLES S.A. Y OTRO/A S/ APREMIO' Expte N°MG26881/19, lo cual dejando a salvo mi opinión, por razones de economía procesal ha motivado un cambio de criterio del Infrascripto, y conforme lo normado por el art. 5 de la dto.-ley 9122/78 y 529 del C.P.C.C., ha de tomarse en cuenta el capital reclamado por la suma que resulta del certificado expedido por el Municipio actor acompañado con fecha 12/12/2025 en las condiciones allí referidas." "Por ello, conforme lo pedido, lo dispuesto en la Ley 13.406 y en los artículos 540 y 549 del Cód. Proc. FALLO esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada MIRTA COSTICH haga íntegro pago a la accionante, MUNICIPALIDAD DE MORENO del capital reclamado de Pesos UN MILLÓN CINCO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES CON 33/100 ($1.005.273,33), a dicho monto se le aplicará los intereses conforme lo establecido por las ordenanzas municipales vigentes (Arts. 9 y 10 de la ley 13.406), con la salvedad expuesta en el cuarto párrafo; desde el vencimiento de cada período contenido en el Título Ejecutivo presentado con fecha 12/12/2025 y hasta su efectivo pago. Imponiendo las costas de la ejecución a la demandada vencida(arts. 68 y 556 C.P.C.C.). Difiriendo la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 51 ley 14967). Tiénese al demandado por constituído el domicilio en los estrados del juzgado, notifíquese por ministerio ley (arts. 7, 13 Ley 13.406 y 41, 133 del CPCC)."

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