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SANTA CRUZ FERNANDA LORENA Y OTROS S/ MATERIA A CATEGORIZAR

Petición de radicación de una acción asociada a un juicio sucesorio fue rechazada por el Tribunal por tratarse de una acción autónoma e independiente. El Tribunal consideró que no corresponde admitir la radicación solicitada en virtud de los arts. 1, 6 y 175 del C.P.C.

Radicacion Incidente Accion autonoma Juicio sucesorio Inadmision C.p.c. arts. 1 6 175 Juzgado civ. y com. n?1 pergamino Oficio electronico Sorteo Ramiro guerrico.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: SANTA CRUZ FERNANDA LORENA y otros. Demandado: No surge del texto de la resolución. Objeto: Solicitud de radicación de un proceso que los actores intentan vincular al juicio sucesorio; el pedido de radicación para que se tramite en este expediente. Decisión: Se rechazó la admisión de la radicación solicitada por entender que el proceso pretendido constituye una acción autónoma e independiente del juicio sucesorio; se ordenó librar oficio electrónico a la Receptoría General de Expedientes para el sorteo y que Secretaría practique las anotaciones pertinentes cuando la resolución quede firme.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción): "Toda vez que el proceso que se pretende resulta una acción autónoma e independiente del juicio sucesorio, no corresponde admitir la radicación solicitada. (Arts. 1, 6 y 175 del C.P.C.)." "Por tales razones, firme que se encuentre el presente, líbrese oficio electrónico a la Receptoría General de Expedientes a fin de que se proceda al sorteo y practíquense por Secretaría las anotaciones pertinentes."

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