SALOMON LUCAS EZEQUIEL C/ ALCORTA FRANCISO IGNACIO Y OTRO/A S/ ACCIONES DE IMPUGNACION DE FILIACION
El actor promovió acciones de impugnación de paternidad contra Héctor Orlando Salomón y de filiación contra Francisco Ignacio Alcorta, reclamando además daños y perjuicios. El Tribunal ordenó desplazar el reconocimiento a favor de Héctor Salomón y emplazar registralmente a Lucas como hijo de Francisco Alcorta por resultado de ADN, rechazando los rubros indemnizatorios reclamados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Lucas Ezequiel Salomón.
Demandado: Héctor Orlando Salomón (por impugnación de su reconocimiento) y Francisco Ignacio Alcorta (por filiación; fallecido durante el proceso y representado por herederos).
Objeto: Desplazamiento del reconocimiento de paternidad efectuado por Héctor Salomón y el emplazamiento de Lucas en el estado de hijo de Francisco Alcorta; además, indemnización por daño moral y pérdida de chance por u$s500.000.
Decisión: Se hizo lugar a la impugnación del reconocimiento de paternidad respecto de Héctor Orlando Salomón y se declaró a Lucas como hijo de Francisco Ignacio Alcorta (inscripción marginal en el Registro Civil). Se rechazaron las pretensiones indemnizatorias (daño moral y pérdida de chance). Se impusieron las costas al orden causado.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"Del informe pericial genético practicado por el Laboratorio de Análisis Comparativo de ADN de la Dirección General de Asesorías Periciales de La Plata (agregado el 21/8/24), del cual participaron Francisco Ignacio Alcorta como padre alegado y Lucas Ezequiel Slomón como hijo, se concluye que los resultados observados a partir del análisis de las muestras remitidas, no excluyen a Francisco Ignacio Alcorta como posible padre biológico de Lucas Ezequiel Salomón y, en escala de porcentajes, el valor índice de paternidad (IP) obtenido equivale a un porcentaje de paternidad mayor a 99,999999%. Asimismo, del examen en el que participaron Héctor Orlando Salomón como padre alegado y Lucas Ezequiel Salomón como hijo, se concluye que los datos observados a partir del análisis de las muestras remitidas, excluyen a Héctor Orlando Salomón como posible padre biológico de Lucas Ezequiel Salomón."
"En consecuencia, dado el informe pericial practicado, sumado a la prueba testimonial rendida en la causa ... y dictamen del Sr. Agente Fiscal del 7 de julio, en el que considerando las conclusiones que exhiben los informes no impugnados de ADN, dictamina su consentimiento para el dictado de sentencia en los presentes autos acogiendo a la acción impetrada, disponiendo el desplazamiento de Hector Orlando Salomón del estado de padre de Lucas Ezequiel, y emplazando al nombrado como hijo de Francisco Ignacio Alcorta, cabe concluir que se halla plenamente acreditada la existencia de la filiación biológica entre los nombrados Sr. Lucas Ezequiel Salomón y el Sr. Franciso Ignacio Alcorta, así como la exclusión de Héctor Orlando Salomón como posible padre biológico de Lucas Ezequiel Salomón, con lo cual corresponde fallar en el sentido que ha sido pretendido por el actor."
Dispositivo (extracto):
"I. Hacer lugar a la demanda e impugnar el reconocimiento de paternidad efectuado por el Sr. Héctor Orlando SALOMON ... y emplazar al mismo, Sr. Lucas Ezequiel SALOMON ... en el estado de hijo de Francisco Ignacio ALCORTA, con D.N.I. N° 12.208.531, fallecido el día 18 de febrero de 2024.
III. Rechazar la demanda respecto de los rubros daño moral y perdida de chance.
IV. Imponer las costas con motivo de la presente demanda en su totalidad, en el orden causado (art. 68 del C.P.C.C.)."
- Observaciones relevantes sobre resarcimiento y prueba:
El tribunal negó el daño moral porque no quedó acreditado que el progenitor biológico hubiera tenido conocimiento del embarazo o nacimiento antes del emplazamiento (la carta documento no fue aportada y las testimoniales no probaron conocimiento previo). Sobre pérdida de chance el tribunal sostuvo que la pretensión fue genérica y no acompañada de prueba suficiente para acreditar un daño patrimonial cierto y concreto, por lo que también fue rechazada. Se tuvo en cuenta la conducta colaborativa del demandado y su fallecimiento para imponer costas a la parte actora.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: