INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA (ARGENTINA) S.A.U. C/ GUEBARA DIEGO GERMAN S/ COBRO SUMARIO DE SUMAS DE DINERO
El actor promovió demanda por cobro sumario de pesos por saldos adeudados en tarjetas de crédito VISA y MASTERCARD. El Tribunal hizo lugar al cobro y condenó al demandado a pagar $4.508.386,92 más los intereses pactados y costas, por hallarse los resúmenes de cuenta tácitamente aprobados y no impugnados en tiempo y forma.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA (ARGENTINA) S.A.U., representado por la Dra. María Eugenia Silva.
Demandado: DIEGO GERMAN GUEBARA.
Objeto: Cobro sumario de pesos por saldos adeudados en tarjetas de crédito VISA ($3.784.421,33, fecha de mora 11/07/2022) y MASTERCARD ($723.965,59, fecha de mora 11/08/2022), total $4.508.386,92, más intereses compensatorios y moratorios pactados y costas.
Decisión: Se hace lugar a la demanda; se condena al demandado a abonar en 10 días la suma reclamada ($4.508.386,92) más los intereses pactados hasta su efectivo pago; las costas a cargo de la demandada; regulación de honorarios diferida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"Teniendo en cuenta los términos de la relación procesal, establecida por el escrito postulatorio de la instancia, la documental acompañada, sumado a ello la actitud procesal adoptada por la demandada, quien -pese encontrarse debidamente citada
- ha decidido guardar silencio (arts. 264 y 263 del Cod. Civ. y Com.), autorizando con ello al Juzgador a formar su convicción sobre la base del tácito reconocimiento que esa actitud comporta con los demás elementos del juicio que la causa ofrezca..."
"El no cuestionamiento de dicho estado de cuenta dentro del plazo legal para ello establecido, importa su tácita aprobación (arts.26, 27, 28, y cctes., ley 25.065; v. cláusula sexta Contrato de Emisión; en tal sentido, CC0103 LP 243736 RSD
- 184
- 4 S 27
- 7
- 2004), no siendo necesario, para la prueba y cobro de la deuda originada en el uso de tarjeta de crédito, la exhibición de los cupones firmados por el usuario y relativos a cada compra u operación individual llevada a cabo por su parte. Basta el resumen, y su tácita aprobación por el silente transcurso del tiempo convenido en el contrato."
"La demandada no se ha presentado ni en la oportunidad legal, ni luego al haber sido citada judicialmente para hacer valer sus derechos, a cuestionar los resúmenes de cuenta acompañados por el Banco actor... Es necesario recordar que, en el caso de emisión, utilización y servicio de tarjetas de crédito por una entidad que ha remitido el estado de cuenta pertinente al deudor
- circunstancia no negada por el demandado-, el título queda integrado por tales resúmenes que, como dijera, en el caso no fue cuestionado por aquél, quedando firme el saldo informado en el resumen, sin que quepan distinciones acerca de los diversos ítems que lo conforman..."
"Por todo lo hasta aquí evaluado, considero que le asiste razón al Banco actor en su pretensión, por cuanto los resúmenes de cuenta -base de la deuda que se reclama
- no fueron cuestionados por la usuaria en tiempo y forma, siendo válidos como cuenta aprobada, líquida y exigible, y constituyendo el respaldo del Banco actor para reclamar la deuda que registre el titular de la tarjeta."
Fragmento del falló (bloque dispositivo final):
"FALLO:
I) Haciendo lugar a la demanda por cobro de pesos entablada por el INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA (ARGENTINA) S.A.U. contra DIEGO GERMAN GUEBARA.
II) Condenando a la accionada, a que abone dentro del término de diez días al Banco actor, la suma debida ... PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS OCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 92/100 CENTAVOS ($ 4.508.386,92) ... ambos hasta su efectivo pago.
III) Imponiendo las costas a la demandada vencida, difiriéndose la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes..."
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