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Incidente Nº 2 - ACTOR: BIRUS, MIGUEL ANGEL DEMANDADO: ANSES s/INC EJECUCION DE SENTENCIA

Incidente de ejecución de sentencia promovido por Miguel Ángel Birus contra ANSES por diferencias previsionales y reajuste de haber. El Juzgado Federal aprobó la liquidación por $15.195.688,36, rechazó las inconstitucionalidades y excepciones de la demandada y ordenó ejecutar el pago de las diferencias y del haber reajustado.

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¿Quién es el actor?

Miguel Ángel Birus.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Incidente de ejecución de sentencia (art. 499 CPCCN) destinado a cobrar diferencias impagas y obtener el pago del haber reajustado conforme liquidación practicada, por el período 13/09/2020 al 28/02/2026.

¿Qué se resolvió?

Se aprobó la liquidación practicada el 25/03/2026 por $15.195.688,36 y se determinó un haber mensual reajustado a febrero de 2026 de $1.944.232,38. Se rechazaron los planteos de inconstitucionalidad y las excepciones opuestas por ANSES, se ordenó la ejecución y el pago de las diferencias impagas a partir del mes siguiente a que el pronunciamiento quede firme, y se regularon costas y honorarios conforme lo expresado en la parte resolutiva.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "Cabe resaltar que, la liquidación practicada por el perito designado se ajusta a los parámetros descriptos en la sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, existiendo diferencias a favor del actor y que le deberán ser abonadas de conformidad con lo dispuesto en los pronunciamientos existentes y que aquí se ejecutan.-" "Atento al resultado de la liquidación practicada resulta de aplicación lo previsto por los arts. 477 y 386 del C.P.C.C.N debiendo aprobarse en cuanto por derecho hubiere lugar la liquidación practicada en fecha 25/03/2026.-" "En este estado y toda vez que es el momento procesal oportuno para su tratamiento corresponde resolver en relación a los planteos de inconstitucionalidad efectuados por la actora.... los topes previstos en los arts. Cuestionados, no resultan inconstitucionales en el caso concreto, conforme lo dispuesto en las sentencias que aquí se ejecutan, por lo que corresponde su rechazo." "Opone excepción de pago total... de la excepción opuesta, y de las constancias del expediente administrativo, surge que la actora ha percibido una acreencia, en concepto de pago del retroactivo, por el recalculo de su haber, de lo que surge que el pago ha sido parcial... por lo que no dándose tales extremos ... considero que debo rechazar la excepción opuesta."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; la resolución es dictada por la jueza a cargo.

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