DIAZ, OLGA ITATI c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) s/REAJUSTE DE HABERES
La actora promovió demanda contra ANSES solicitando reajuste y movilidad de su haber previsional, con reclamo de recálculo conforme precedentes Makler y Elliff y aplicación del índice ISBIC. La Cámara Federal de Paraná rechazó el recurso de apelación de ANSES, confirmó la sentencia de primera instancia, declaró la inconstitucionalidad para el caso concreto de la Resolución SSS 3/2021 en cuanto impide aplicar el índice ISBIC a aportes en relación de dependencia hasta febrero de 2009, y declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 imponiendo las costas a ANSES.
¿Quién es el actor?
DIAZ, Olga Itatí (beneficiaria de un haber previsional otorgado conforme la ley 24.241).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajuste y movilidad de haberes previsionales; recálculo del haber inicial conforme precedentes “Makler” y “Elliff”; aplicación del índice ISBIC para actualizar aportes; reclamo relativo a la Prestación Básica Universal (PBU) y otros puntos conexos.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la ANSES y se confirmó la sentencia de primera instancia. Asimismo, se declaró de oficio la inconstitucionalidad para el caso concreto de la Resolución SSS 3/2021 en cuanto impide la aplicación del índice ISBIC para la actualización de los aportes en relación de dependencia efectuados hasta febrero de 2009; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018; se impusieron las costas a la ANSES; y se regularon los honorarios de la letrada de la parte actora en un 33% (luego rectificado en otra parte a 32% en el cuerpo, la parte resolutiva dispone 33%) de lo que se fije en primera instancia y quede firme. Se dejó además a resguardo el derecho de la demandada a invocar en ejecución las pautas del fallo “Villanustre” si en la liquidación se acreditan los extremos de hecho necesarios.
- Fundamentos principales (textos transcritos del fallo):
1) "En consecuencia, debe concluirse que toda norma dictada por la ANSES o por resolución ministerial que se oponga a la utilización del índice ISBIC para actualizar los aportes efectuados en relación de dependencia hasta el mes de febrero 2009 resulta inválida y así debe resolverse. Por ello, corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad para el caso concreto de la Res. 3/2021 SSS (confr. 'Rodríguez Pereyra', Fallos 335:2333) y confirmar la aplicación del índice ISBIC para el reajuste del haber inicial del actor."
2) "Que, de conformidad con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' (FCR 2149166/2011, sentencia del 22/06/2023), corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3º del DNU 157/2018, aplicar el art. 36 de la ley 27.423 y, en consecuencia, imponer las costas de la presente instancia a la ANSES; conforme lo establecido en el art. 68, primer párrafo, del CPCCN."
3) Sobre la PBU y topes: "Atento ello, no se observa un agravio serio, cierto y actual, sino que éste se presenta como hipotético y conjetural, dado que el reajuste en cuestión dependerá de si se acreditan los extremos de hecho necesarios para la procedencia de su reclamo, oportunidad en que la demandada podrá, eventualmente, formular su descargo al respecto... Por lo expresado, se rechaza el planteo y se deja a resguardo el derecho de la demandada a plantear la cuestión si al tiempo de la liquidación se acreditan los extremos de hecho necesarios para la procedencia de su reclamo."
- Votos y disidencias relevantes: El voto que resuelve es colegiado; los Dres. Cintia Graciela Gomez y Mateo José Busaniche adhieren al voto de la Dra. Aranguren. No se registra disidencia en el acuerdo final.
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