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MARSICO, ERNESTO ABEL c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

El actor pidió reajuste de haberes contra ANSeS por la Prestación Básica Universal (PBU) y otros rubros. La Cámara Federal de La Plata confirmó la sentencia de primera instancia en lo materia de agravios, ratificando el método de actualización, la aplicación de la tasa pasiva para intereses y el diferimiento de costas, con el alcance indicado en el apartado IV.3.

Reajuste de haberes Pbu Anses Tasa pasiva Confiscatoriedad Topes legales Inconstitucionalidad por exceso reglamentario Interes Costas de alzada Corte suprema


¿Quién es el actor?

MARSICO, ERNESTO ABEL.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales, con especial referencia a la Prestación Básica Universal (PBU), aplicación de topes y cálculo de intereses.

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia de primera instancia en lo que fue materia de agravios con el alcance que surge del apartado IV. punto 3; se imponen las costas de alzada por su orden. Regístrese, notifíquese, ofíciese al juzgado y remítase a primera instancia por Lex100.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "En orden al reproche referido a la Prestación Básica Universal, si bien el importe de dicha prestación, en atención a la fecha de adquisición del beneficio, fue establecido conforme lo dispuesto por el art. 20 de la ley 24.241, según texto sustituido por el art. 4 de la ley 26.417 (B.O. 16/10/2008), resulta ajustado a derecho fijar parámetros a fin de analizar la procedencia de la redeterminación, como lo hizo el juzgador." "En orden al planteo efectuado por ambas partes respecto al índice aplicado para la redeterminación de la PBU , debe ser rechazado, atento que el criterio dispuesto por el magistrado de primera instancia coincide con los lineamientos establecidos por esta Sala en los expedientes FLP 9687/2021 ... sentencia del 11/03/25 y FLP10881/2021 ... sentencia del 28/03/2025." "En cuanto a las pautas para evaluar la confiscatoriedad, se deberá verificar la incidencia de la ausencia de incrementos de uno de los componentes de la jubilación sobre el total del haber inicial. Por lo tanto, a los efectos de determinar si la merma verificada supera la pauta de confiscatoriedad establecida en el precedente 'Quiroga', deberá efectuarse el siguiente cálculo: a) establecer la diferencia entre la PBU redeterminada y la PBU de caja... b) seguidamente, deberá determinarse el porcentaje que significa dicha diferencia sobre el haber inicial total... c) de ser el resultado obtenido confiscatorio en los términos fijados por el Alto Tribunal, corresponderá proceder a la redeterminación de la PBU." "En orden a los intereses, cabe recordar, que '... constituyen una compensación por el uso del capital que la deudora no tenía derecho a retener ...', y la Corte Suprema ... ha dispuesto 'la tasa pasiva promedio que elabora el Banco Central de la República Argentina es adecuadamente satisfactoria...'" Sobre topes y constitucionalidad: "En tales condiciones, no se advierten razones de mérito para apartarse de lo decidido en origen." y respecto del exceso reglamentario: "Tal previsión introduce un límite no contemplado en la norma legal, configurando un exceso reglamentario que resulta inválido y, por ende, impondrá declarar su inconstitucionalidad."
- Disidencias: No consta voto en disidencia en la parte dispositiva final; la decisión que consta es la de la mayoría consignada en la parte resolutiva.

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